Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabrero. (BOP-2023-598)
BOP-2023-598 Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría-Intervención de la Agrupación de Municipios Barrado y Cabrero (Cáceres).
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aspirante que tuviera más tiempo de servicios prestados. Y si aún persistiera dicho empate, se
realizaría una nueva prueba entre los/as aspirantes empatados/as.
SEXTA: Relación de personas aprobadas y propuesta de nombramiento.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la Sede electrónica del
Ayuntamiento de CABRERO la lista provisional de aspirantes, con las puntuaciones obtenidas,
y elevará a la presidencia el/a aspirante que haya superado las pruebas selectivas, otorgando
un plazo de 3 días hábiles para posibles reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, el Tribunal elevará a definitiva la lista de aprobados/as y lo
elevará a la Presidencia de la Agrupación, para que remita a la Junta de Extremadura
propuesta de nombramiento interino a favor del/a mismo/a. Transcurrido dicho plazo sin
haberse presentado ninguna reclamación, el listado pasará a definitivo de forma automática,
sin necesidad de nueva reunión del Tribunal.
Todo ello, siempre que, según lo establecido en el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16
de marzo, no fuese posible la provisión del puesto en cuestión por los procedimientos previstos
en los artículos 49, 50 y 51 del citado Real Decreto, circunstancia que deberá quedar
acreditada en el expediente.
SÉPTIMA: Toma de posesión.
Una vez recibida en el Ayuntamiento la resolución de nombramiento interino otorgada por el
órgano competente de la respectiva Comunidad Autónoma, se requerirá a la persona
interesada para la toma de posesión en el plazo máximo de 3 días hábiles, de acuerdo con el
artículo 11.8 del Decreto 162/2018, de 2 de octubre, sobre el procedimiento de selección y
nombramientos con carácter interino para desempeñar puestos de trabajo reservados a
personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Si dicha persona interesada no compareciese dentro del citado plazo decaerá en su derecho,
realizándose una nueva propuesta de nombramiento interino a favor de la siguiente persona
aspirante según el orden de puntuación obtenida, y siempre que la misma haya superado la
fase de oposición.
OCTAVA: Indemnizaciones por asistencia.
Las indemnizaciones por asistencia como miembro del tribunal se efectuarán con arreglo a la
categoría 1ª del anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
por razón del servicio, a efectos de devengo de asistencias, dietas e indemnizaciones.
CVE:
BOP-2023-598
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de febrero de 2023
N.º 0024
Pág. 3733
realizaría una nueva prueba entre los/as aspirantes empatados/as.
SEXTA: Relación de personas aprobadas y propuesta de nombramiento.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la Sede electrónica del
Ayuntamiento de CABRERO la lista provisional de aspirantes, con las puntuaciones obtenidas,
y elevará a la presidencia el/a aspirante que haya superado las pruebas selectivas, otorgando
un plazo de 3 días hábiles para posibles reclamaciones.
Resueltas las reclamaciones, el Tribunal elevará a definitiva la lista de aprobados/as y lo
elevará a la Presidencia de la Agrupación, para que remita a la Junta de Extremadura
propuesta de nombramiento interino a favor del/a mismo/a. Transcurrido dicho plazo sin
haberse presentado ninguna reclamación, el listado pasará a definitivo de forma automática,
sin necesidad de nueva reunión del Tribunal.
Todo ello, siempre que, según lo establecido en el artículo 53 del Real Decreto 128/2018, de 16
de marzo, no fuese posible la provisión del puesto en cuestión por los procedimientos previstos
en los artículos 49, 50 y 51 del citado Real Decreto, circunstancia que deberá quedar
acreditada en el expediente.
SÉPTIMA: Toma de posesión.
Una vez recibida en el Ayuntamiento la resolución de nombramiento interino otorgada por el
órgano competente de la respectiva Comunidad Autónoma, se requerirá a la persona
interesada para la toma de posesión en el plazo máximo de 3 días hábiles, de acuerdo con el
artículo 11.8 del Decreto 162/2018, de 2 de octubre, sobre el procedimiento de selección y
nombramientos con carácter interino para desempeñar puestos de trabajo reservados a
personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Si dicha persona interesada no compareciese dentro del citado plazo decaerá en su derecho,
realizándose una nueva propuesta de nombramiento interino a favor de la siguiente persona
aspirante según el orden de puntuación obtenida, y siempre que la misma haya superado la
fase de oposición.
OCTAVA: Indemnizaciones por asistencia.
Las indemnizaciones por asistencia como miembro del tribunal se efectuarán con arreglo a la
categoría 1ª del anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones
por razón del servicio, a efectos de devengo de asistencias, dietas e indemnizaciones.
CVE:
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Verificable
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Viernes, 3 de febrero de 2023
N.º 0024
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