Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabrero. (BOP-2023-598)
BOP-2023-598 Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría-Intervención de la Agrupación de Municipios Barrado y Cabrero (Cáceres).
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nacional, designado/a a propuesta de la Presidencia de la Agrupación.
- Vocales:
Un/a funcionario/a de la escala de habilitación nacional, subescala de Secretaría-
Intervención, designado/a a propuesta del Colegio de Secretarios/as,
Interventores/as y Tesoreros/as de la provincia de Cáceres.
Un/a funcionario/a designado/a por la Dirección General de Administración Local
de la Junta de Extremadura, en representación de la misma.
Un/a funcionario/a de la escala de habilitación nacional, subescala de Secretaría-
Intervención, designado/a a propuesta de la Diputación de Cáceres.
Un/a funcionario/a de la escala de habilitación nacional, subescala de Secretaría-
Intervención, designado/a a propuesta de la Presidencia de la Agrupación.
- Secretaría: será nombrada por la Presidencia de la Agrupación, de entre alguno/a de
los/as vocales que pertenezca a la escala de habilitados/as nacionales.
El Tribunal estará compuesto por los/as titulares y los/as respectivos/as suplentes que
simultáneamente habrán de designarse.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad de
sus miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia de la
Presidencia y de la Secretaría.
La abstención y recusación de los/as miembros del tribunal será conforme con los artículos 23
y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público, con notificación
a la autoridad convocante.
El tribunal quedará facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar
resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en
aquellos aspectos no previstos en estas bases.
Las decisiones se adoptarán por mayoría.
CUARTA: Solicitudes.
1. Las instancias solicitando formar parte de este proceso selectivo, en la que quienes sean
aspirantes manifestarán que reúnen todas las condiciones exigidas en la base II, se dirigirán a
la Presidencia de la Agrupación, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de
CABRERO (Cáceres), en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley
CVE:
BOP-2023-598
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 3 de febrero de 2023
N.º 0024
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