Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-532)
BOP-2023-532 Convocatoria plaza Arquitecto/a Técnico/a.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN (Cáceres)
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Logrosán,
las puntuaciones definitivas del Concurso.
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la mayor
antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido/a no fijo/a en el
desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto de cada
convocatoria desde el 1 de enero de 2016 en adelante. De persistir el empate se atenderá a la
mayor antigüedad en el Ayuntamiento de Logrosán, como funcionario/a interina, contratación
temporal e indefinido/a no fijo/a en plazas de igual denominación y del mismo grupo y
subgrupo. Si aun así persiste el empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras
Administraciones Públicas como funcionario/a interino/a, contratación temporal e indefinido/a
no fijo/a en el desempeño de plazas de igual denominación y del mismo grupo o subgrupo.
NOVENA. Proceso selectivo.
9.1. El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de
2024 y una vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica del Ayuntamiento de
Logrosán la relación de aprobados/as, por el orden de puntuación alcanzado.
9.2. Las fechas de celebración de la defensa o lectura de la memoria pueden
coincidir con las fechas de celebración de las mismas o de ejercicios de otros procesos
selectivos.
9.3. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La
motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de
recurso de alzada ante el órgano que nombró al Tribunal.
9.4. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior
de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con
el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as
aspirantes seleccionados/as o cuando de la documentación aportada por los/as aspirantes se
deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca
la imposibilidad de incorporación de alguno/a de los/as aspirantes, antes de su nombramiento
o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación
complementaria de los/as aspirantes que sigan a los/as propuestos/as para su posible
nombramiento como personal laboral fijo.
Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos que lo hubieran superado
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en
la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados/as Personal Laboral
fijo/a mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los/as aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo
previsto en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso
de las personas con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de
Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los/as empleados/as públicos/as
con discapacidad.
Cód.
Validación:
336GGYGPCPQ667H477G2E5CG6
|
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2023-532
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de enero de 2023
N.º 0021
Pág. 3415
C.I.F. P1011200A * Plaza de España, 1 * 10120 * Tlf. 927360022 – Fax 927 360796 -Mail.ayuntamiento@logrosan.es
Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran sido
presentadas, el Tribunal hará públicas, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Logrosán,
las puntuaciones definitivas del Concurso.
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la mayor
antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido/a no fijo/a en el
desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto de cada
convocatoria desde el 1 de enero de 2016 en adelante. De persistir el empate se atenderá a la
mayor antigüedad en el Ayuntamiento de Logrosán, como funcionario/a interina, contratación
temporal e indefinido/a no fijo/a en plazas de igual denominación y del mismo grupo y
subgrupo. Si aun así persiste el empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras
Administraciones Públicas como funcionario/a interino/a, contratación temporal e indefinido/a
no fijo/a en el desempeño de plazas de igual denominación y del mismo grupo o subgrupo.
NOVENA. Proceso selectivo.
9.1. El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de
2024 y una vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica del Ayuntamiento de
Logrosán la relación de aprobados/as, por el orden de puntuación alcanzado.
9.2. Las fechas de celebración de la defensa o lectura de la memoria pueden
coincidir con las fechas de celebración de las mismas o de ejercicios de otros procesos
selectivos.
9.3. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La
motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de
recurso de alzada ante el órgano que nombró al Tribunal.
9.4. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior
de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con
el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as
aspirantes seleccionados/as o cuando de la documentación aportada por los/as aspirantes se
deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca
la imposibilidad de incorporación de alguno/a de los/as aspirantes, antes de su nombramiento
o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal relación
complementaria de los/as aspirantes que sigan a los/as propuestos/as para su posible
nombramiento como personal laboral fijo.
Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos que lo hubieran superado
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos indicados en
la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados/as Personal Laboral
fijo/a mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los/as aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida, excepto lo
previsto en el artículo 11 del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso
de las personas con discapacidad al empleo público de las Comunidad Autónoma de
Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los/as empleados/as públicos/as
con discapacidad.
Cód.
Validación:
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Martes, 31 de enero de 2023
N.º 0021
Pág. 3415