Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2023-521)
BOP-2023-521 Convocatoria concurso Grafitis y Pintura Mural para la Igualdad.
20 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Las condiciones técnicas y de seguridad para la realización del grafiti o la pintura mural serán
responsabilidad del Ayuntamiento de Cabezuela del Valle (Cáceres).
La obra premiada deberá decorar la fachada que tiene un un tamaño aproximado de 6.5 m. de
ancho por 6 m. de alto.
13. Exención de responsabilidad.
El Ayuntamiento de Cabezuela del Valle queda exonerado de responsabilidad por cualquier
incumplimiento o por el uso indebido de propiedad intelectual o de imagen por las personas
participantes, así como de otras responsabilidades que pudieran derivarse del incumplimiento
de las presentes bases del concurso.
Las personas participantes responden de la autoría y originalidad de la obra, asumiendo la total
responsabilidad y eximiendo, por tanto, al Ayuntamiento de Cabezuela del Valle frente a
cualquier reclamación que, en este sentido, pudieran efectuar terceras personas, incluso las
derivadas de un incumplimiento de la legislación sobre honor, intimidad, injurias y calumnias,
derecho de imagen o de expresiones que pudiesen ser consideradas difamatorias u obscenas.
Así mismo, asumirán la total responsabilidad, dejando al Ayuntamiento de Cabezuela del Valle,
incólume frente a cualquier reclamación de terceras personas relativa a cualquier compromiso
y/o gravamen que la persona autora hubiere contraído y que pudiera afectar a los derechos
que correspondan al Ayuntamiento de Cabezuela del Valle, conforme a las presentes bases.
14. Autorización de uso de las obras.
La presentación de obras a este concurso comporta que la persona autora acepta la cesión
automática y no exclusiva del derecho de uso del boceto a favor del Ayuntamiento de
Cabezuela del Valle para su divulgación y uso conforme a las bases de concurso, para su
difusión con fines publicitarios y de sensibilización en cualquier tipo de soporte, así como para
su empleo posterior en otras actividades relacionadas con los objetivos de sensibilización en
igualdad entre mujeres y hombres y, todo ello, sin perjuicio de los demás derechos de autoría
intelectual que podrán ser registrados a favor de la persona autora.
15. Aceptación de las bases.
La participación en el concurso implica, por parte de la persona participante, la plena
aceptación de estas bases y en particular:
- Declarar ser la única titular de todos los derechos de autoría del boceto que presenta a
concurso y que estarán regulados por la legislación vigente sobre la propiedad intelectual.
CVE:
BOP-2023-521
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de enero de 2023
N.º 0021
Pág. 3317
responsabilidad del Ayuntamiento de Cabezuela del Valle (Cáceres).
La obra premiada deberá decorar la fachada que tiene un un tamaño aproximado de 6.5 m. de
ancho por 6 m. de alto.
13. Exención de responsabilidad.
El Ayuntamiento de Cabezuela del Valle queda exonerado de responsabilidad por cualquier
incumplimiento o por el uso indebido de propiedad intelectual o de imagen por las personas
participantes, así como de otras responsabilidades que pudieran derivarse del incumplimiento
de las presentes bases del concurso.
Las personas participantes responden de la autoría y originalidad de la obra, asumiendo la total
responsabilidad y eximiendo, por tanto, al Ayuntamiento de Cabezuela del Valle frente a
cualquier reclamación que, en este sentido, pudieran efectuar terceras personas, incluso las
derivadas de un incumplimiento de la legislación sobre honor, intimidad, injurias y calumnias,
derecho de imagen o de expresiones que pudiesen ser consideradas difamatorias u obscenas.
Así mismo, asumirán la total responsabilidad, dejando al Ayuntamiento de Cabezuela del Valle,
incólume frente a cualquier reclamación de terceras personas relativa a cualquier compromiso
y/o gravamen que la persona autora hubiere contraído y que pudiera afectar a los derechos
que correspondan al Ayuntamiento de Cabezuela del Valle, conforme a las presentes bases.
14. Autorización de uso de las obras.
La presentación de obras a este concurso comporta que la persona autora acepta la cesión
automática y no exclusiva del derecho de uso del boceto a favor del Ayuntamiento de
Cabezuela del Valle para su divulgación y uso conforme a las bases de concurso, para su
difusión con fines publicitarios y de sensibilización en cualquier tipo de soporte, así como para
su empleo posterior en otras actividades relacionadas con los objetivos de sensibilización en
igualdad entre mujeres y hombres y, todo ello, sin perjuicio de los demás derechos de autoría
intelectual que podrán ser registrados a favor de la persona autora.
15. Aceptación de las bases.
La participación en el concurso implica, por parte de la persona participante, la plena
aceptación de estas bases y en particular:
- Declarar ser la única titular de todos los derechos de autoría del boceto que presenta a
concurso y que estarán regulados por la legislación vigente sobre la propiedad intelectual.
CVE:
BOP-2023-521
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de enero de 2023
N.º 0021
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