Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2023-519)
BOP-2023-519 EXTRACTO. Convocatoria de los Concursos de Carnaval 2023.
45 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- Según el orden de llegada, cada grupo en la plaza, harán su última exhibición y se
situarán en el número asignado a la salida del desfile, para que así facilitar la exhibición
a todos los grupo restantes.
-Al finalizar se podrá disfrutar de la convivencia de todos los grupos, con animación y
música, mientras delibera el jurado.
Y a continuación se dará paso a la entrega de los premios.
- Recordamos que el correcto funcionamiento del evento, así como la seguridad del
mismo, depende en gran medida de la convivencia de todos/as los/as asistentes
mediante conductas apropiadas. Se trata de disfrutar en compañía de niños/as y
mayores de la celebración del carnaval. Todas aquellas conductas que sean
inapropiadas o no correctas motivarán la expulsión del recinto.
- Seguir las pautas de la organización.
- En caso de lluvia el III Desfile de Carnaval 2023 se desarrollará íntegramente en el
Pabellón 3 de Abril/ Pabellón Polideportivo José Luis Moretón, abriendo sus puertas a
las 18.30h. En este caso se hará un comunicado por las redes sociales del
Excelentísimo Ayuntamiento de Alcuéscar y además se les comunicará a los/as
representantes de cada grupo, acondicionando así, las instalaciones con una zona de
público y una zona de desfile para que pueda desarrollarse la actividad en perfectas
condiciones.
Además de lo anterior, los/as participantes deberán:
- Los/as participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias
y con la Seguridad Social, y con el Ayuntamiento de Alcuéscar.
- No podrán hallarse incursos/as en ninguna de las causas que impiden obtener la
condición de beneficiario/a de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo
13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente
de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Segundo. Objeto.
La subvención tiene por objeto la Concesión de la Premios de los Concurso de Carnaval 2023.
CVE:
BOP-2023-519
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de enero de 2023
N.º 0021
Pág. 3268
situarán en el número asignado a la salida del desfile, para que así facilitar la exhibición
a todos los grupo restantes.
-Al finalizar se podrá disfrutar de la convivencia de todos los grupos, con animación y
música, mientras delibera el jurado.
Y a continuación se dará paso a la entrega de los premios.
- Recordamos que el correcto funcionamiento del evento, así como la seguridad del
mismo, depende en gran medida de la convivencia de todos/as los/as asistentes
mediante conductas apropiadas. Se trata de disfrutar en compañía de niños/as y
mayores de la celebración del carnaval. Todas aquellas conductas que sean
inapropiadas o no correctas motivarán la expulsión del recinto.
- Seguir las pautas de la organización.
- En caso de lluvia el III Desfile de Carnaval 2023 se desarrollará íntegramente en el
Pabellón 3 de Abril/ Pabellón Polideportivo José Luis Moretón, abriendo sus puertas a
las 18.30h. En este caso se hará un comunicado por las redes sociales del
Excelentísimo Ayuntamiento de Alcuéscar y además se les comunicará a los/as
representantes de cada grupo, acondicionando así, las instalaciones con una zona de
público y una zona de desfile para que pueda desarrollarse la actividad en perfectas
condiciones.
Además de lo anterior, los/as participantes deberán:
- Los/as participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias
y con la Seguridad Social, y con el Ayuntamiento de Alcuéscar.
- No podrán hallarse incursos/as en ninguna de las causas que impiden obtener la
condición de beneficiario/a de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo
13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente
de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Segundo. Objeto.
La subvención tiene por objeto la Concesión de la Premios de los Concurso de Carnaval 2023.
CVE:
BOP-2023-519
Verificable
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N.º 0021
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