Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2023-519)
BOP-2023-519 EXTRACTO. Convocatoria de los Concursos de Carnaval 2023.
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electrónico: ayuntamientodealcuescar@gmail.com.
SEGUNDA. BASES REGULADORAS.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; [en su caso, en
las bases de ejecución del presupuesto], en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real
Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las
subvenciones y demás ayudas públicas; en la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR, PLAN
ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES, así como en las bases reguladoras aprobadas y en las
restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto,
las normas de derecho privado.
Visto que por Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el
día 5 Marzo de 2.021, se aprobó la MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL
REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE
ALCUÉSCAR.
Visto que la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE
SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR, dice: De acuerdo con lo
establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
por medio de la presente Ordenanza se establecen las bases reguladoras de la concesión de
subvenciones por este Ayuntamiento, conforme a los principios de igualdad y no
discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, eficacia y eficiencia,
recogidos en dicha Ley.
El Excmo. Ayuntamiento de Alcuéscar pretende fomentar, mediante la concesión de
subvenciones y otras ayudas, el desarrollo de programas y actividades de Asociaciones,
Agrupaciones, Entidades y personas, tanto en el ámbito sociocultural y deportivo como en el
cooperativo y asociativo, fomentando estudios, eventos y actividades que contribuyan a la
participación social, al desarrollo de hábitos democráticos, de valores convivenciales, de
solidaridad y justicia social, y a la vez que sean instrumentos de formación, difusión cultural y
participación municipioana y en base al art. 25.1 de la L.R.B.R.L. que atribuye al municipio la
competencia de promover toda clase de actividades que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.
CVE:
BOP-2023-519
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de enero de 2023
N.º 0021
Pág. 3284
SEGUNDA. BASES REGULADORAS.
Estas subvenciones se regirán por lo establecido en la presente convocatoria; [en su caso, en
las bases de ejecución del presupuesto], en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; en el Reglamento General de la Ley de Subvenciones aprobado por Real
Decreto 886/2006, de 21 de julio; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en el Real Decreto 130/2019, de 8 de
marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las
subvenciones y demás ayudas públicas; en la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA
CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR, PLAN
ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES, así como en las bases reguladoras aprobadas y en las
restantes normas de derecho administrativo que en su caso sean aplicables, y en su defecto,
las normas de derecho privado.
Visto que por Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el
día 5 Marzo de 2.021, se aprobó la MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA GENERAL
REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE
ALCUÉSCAR.
Visto que la ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE
SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE ALCUÉSCAR, dice: De acuerdo con lo
establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
por medio de la presente Ordenanza se establecen las bases reguladoras de la concesión de
subvenciones por este Ayuntamiento, conforme a los principios de igualdad y no
discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, eficacia y eficiencia,
recogidos en dicha Ley.
El Excmo. Ayuntamiento de Alcuéscar pretende fomentar, mediante la concesión de
subvenciones y otras ayudas, el desarrollo de programas y actividades de Asociaciones,
Agrupaciones, Entidades y personas, tanto en el ámbito sociocultural y deportivo como en el
cooperativo y asociativo, fomentando estudios, eventos y actividades que contribuyan a la
participación social, al desarrollo de hábitos democráticos, de valores convivenciales, de
solidaridad y justicia social, y a la vez que sean instrumentos de formación, difusión cultural y
participación municipioana y en base al art. 25.1 de la L.R.B.R.L. que atribuye al municipio la
competencia de promover toda clase de actividades que contribuyan a satisfacer las
necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal.
CVE:
BOP-2023-519
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de enero de 2023
N.º 0021
Pág. 3284