Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-448)
BOP-2023-448 EXTRACTO. Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para mobiliario y equipamiento destinadas EELL con población inferior a 20.000 hab y núcleos de población dispersos 2023.
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base primera, que sean imputables al capítulo 6 (inversiones reales) en lo referido a la
adquisición de bienes de naturaleza inventariable, de acuerdo con la estructura de gastos
establecida en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura
de los presupuestos de las entidades locales, excepto los excluidos en el apartado siguiente.
Para tener la condición de subvencionables, los gastos deberán ser todos de nueva
adquisición, realizados en 2023 y reunir al menos una de las siguientes características:
a) Que no sean bienes fungibles.
b) Que tengan una duración previsiblemente superior al ejercicio presupuestario.
c) Que sean susceptibles de inclusión en inventario.
A título indicativo, será subvencionable con cargo a esta convocatoria la adquisición de los
siguientes bienes inventariables:
- Mobiliario y enseres para dependencias.
- Mobiliario para espacios públicos.
- Material de protección civil y prevención de incendios.
- Material informático y audiovisual.
EXCLUSIONES.
No se considerarán subvencionables los gastos de naturaleza distinta a los señalados en el
apartado anterior. En concreto, se excluyen expresamente los gastos imputables a capítulo 6
referidos obras de infraestructura, adquisición de terrenos o bienes naturales y los de
adquisición o construcción de edificios o instalaciones.
ENTIDADES DESTINATARIAS.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales municipales de la provincia de
Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes que, de acuerdo con el Nomenclátor
disponible en la página web del Instituto Nacional de Estadística, realizada la consulta a fecha
18 de enero de 2023, y siendo los datos disponibles los establecidos por el Ine
correspondientes al 1 de enero de 2021, cuenten con al menos una unidad poblacional singular
de veinte o más habitantes además del núcleo principal -excluidas las entidades locales
menores, en su caso-, y que no se encuentren incursas en causa de prohibición para obtener la
CVE:
BOP-2023-448
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 26 de enero de 2023
N.º 0018
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adquisición de bienes de naturaleza inventariable, de acuerdo con la estructura de gastos
establecida en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura
de los presupuestos de las entidades locales, excepto los excluidos en el apartado siguiente.
Para tener la condición de subvencionables, los gastos deberán ser todos de nueva
adquisición, realizados en 2023 y reunir al menos una de las siguientes características:
a) Que no sean bienes fungibles.
b) Que tengan una duración previsiblemente superior al ejercicio presupuestario.
c) Que sean susceptibles de inclusión en inventario.
A título indicativo, será subvencionable con cargo a esta convocatoria la adquisición de los
siguientes bienes inventariables:
- Mobiliario y enseres para dependencias.
- Mobiliario para espacios públicos.
- Material de protección civil y prevención de incendios.
- Material informático y audiovisual.
EXCLUSIONES.
No se considerarán subvencionables los gastos de naturaleza distinta a los señalados en el
apartado anterior. En concreto, se excluyen expresamente los gastos imputables a capítulo 6
referidos obras de infraestructura, adquisición de terrenos o bienes naturales y los de
adquisición o construcción de edificios o instalaciones.
ENTIDADES DESTINATARIAS.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales municipales de la provincia de
Cáceres con población inferior a 20.000 habitantes que, de acuerdo con el Nomenclátor
disponible en la página web del Instituto Nacional de Estadística, realizada la consulta a fecha
18 de enero de 2023, y siendo los datos disponibles los establecidos por el Ine
correspondientes al 1 de enero de 2021, cuenten con al menos una unidad poblacional singular
de veinte o más habitantes además del núcleo principal -excluidas las entidades locales
menores, en su caso-, y que no se encuentren incursas en causa de prohibición para obtener la
CVE:
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Verificable
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