Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Logrosán. (BOP-2023-423)
BOP-2023-423 Bases y Convocatoria para cubrir una plaza de Agente de Policía Local.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento, contendrá la relación alfabética de los aspirantes admitidos y
excluidos, así como las causas de exclusión de estos, concediéndose un plazo de 10 días
hábiles a efectos de posibles reclamaciones, que se presentarán, según lo establecido en la
base anterior para las solicitudes. De haber reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas
en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y
expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente. Si no existiesen reclamaciones,
la lista provisional se convertirá en definitiva.
Con la lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará, según el modo indicado, la
relación nominal de los miembros del Tribunal Calificador y la fecha, lugar y hora de
celebración del primer ejercicio.
Quinta.- Tribunal Calificador.
5.1.- Composición: El Tribunal Calificador para las pruebas selectivas estará constituido
por:
a) Presidencia: Una persona funcionaria de carrera designada por la alcaldía.
b) Secretaría: Una persona funcionaria de carrera designada por la alcaldía.
c) Vocalías: Una persona funcionaria de carrera designada por la Consejería
competente en materia de coordinación de policías locales, la persona que
desempeñe la jefatura de la Policía Local y una persona funcionaria de carrera
designada por la alcaldía.
Todos los y las vocales de los tribunales que tengan la condición de policía local de
Extremadura deberán disponer, como funcionarias y funcionarios de carrera, del mismo o
superior grupo de titulación y categoría profesional que la convocada.
Tribunal fijará el calendario de realización de las pruebas, debiéndose de tener en cuenta
que entre la finalización de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un
plazo mínimo de 48 horas y máximo de 15 días.
5.2.- A iniciativa de cada Central Sindical podrán estar presentes en los tribunales
calificadores durante la totalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores, un
representante de cada una de las centrales u organizaciones sindicales que formen parte
de la Mesa de Negociación de Empleados Públicos del Ayuntamiento convocante.
5.3.- Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista, para todas o algunas de las pruebas. Dicho personal asesor se limitará a la
colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por
lo que actuarán con voz, pero sin voto.
5.4.- Causas de abstención y de prohibición de formar parte de los Tribunales.
Cód.
Validación:
9669DKN7FWTLJDZ5JQKZFAYYX
|
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
4
de
21
CVE:
BOP-2023-423
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 25 de enero de 2023
N.º 0017
Pág. 2822
anuncios del Ayuntamiento, contendrá la relación alfabética de los aspirantes admitidos y
excluidos, así como las causas de exclusión de estos, concediéndose un plazo de 10 días
hábiles a efectos de posibles reclamaciones, que se presentarán, según lo establecido en la
base anterior para las solicitudes. De haber reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas
en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y
expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente. Si no existiesen reclamaciones,
la lista provisional se convertirá en definitiva.
Con la lista definitiva de admitidos y excluidos se publicará, según el modo indicado, la
relación nominal de los miembros del Tribunal Calificador y la fecha, lugar y hora de
celebración del primer ejercicio.
Quinta.- Tribunal Calificador.
5.1.- Composición: El Tribunal Calificador para las pruebas selectivas estará constituido
por:
a) Presidencia: Una persona funcionaria de carrera designada por la alcaldía.
b) Secretaría: Una persona funcionaria de carrera designada por la alcaldía.
c) Vocalías: Una persona funcionaria de carrera designada por la Consejería
competente en materia de coordinación de policías locales, la persona que
desempeñe la jefatura de la Policía Local y una persona funcionaria de carrera
designada por la alcaldía.
Todos los y las vocales de los tribunales que tengan la condición de policía local de
Extremadura deberán disponer, como funcionarias y funcionarios de carrera, del mismo o
superior grupo de titulación y categoría profesional que la convocada.
Tribunal fijará el calendario de realización de las pruebas, debiéndose de tener en cuenta
que entre la finalización de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un
plazo mínimo de 48 horas y máximo de 15 días.
5.2.- A iniciativa de cada Central Sindical podrán estar presentes en los tribunales
calificadores durante la totalidad del proceso selectivo, en calidad de observadores, un
representante de cada una de las centrales u organizaciones sindicales que formen parte
de la Mesa de Negociación de Empleados Públicos del Ayuntamiento convocante.
5.3.- Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista, para todas o algunas de las pruebas. Dicho personal asesor se limitará a la
colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por
lo que actuarán con voz, pero sin voto.
5.4.- Causas de abstención y de prohibición de formar parte de los Tribunales.
Cód.
Validación:
9669DKN7FWTLJDZ5JQKZFAYYX
|
Verificación:
https://logrosan.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
4
de
21
CVE:
BOP-2023-423
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 25 de enero de 2023
N.º 0017
Pág. 2822