Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-393)
BOP-2023-393 Planes Activa Empleo, Gastos Corrientes y Gastos Inventariables.
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8. Sin perjuicio de las declaraciones o justificaciones presentadas, la Entidad Local queda
obligada a comunicar a la Diputación la obtención de otras subvenciones o ayudas que
financien la actividad objeto de este a ayuda, tan pronto como se conozca, y, en todo caso, con
anterioridad a la presentación de la justificación.
9. Las subvenciones de esta convocatoria serán compatibles con otras ayudas que tengan la
misma finalidad, teniendo en cuenta que el importe de la subvención en ningún caso podrá ser
de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Si se
compatibilizasen estos Planes con otras ayudas, en cualquier caso deberá respetarse la
aportación municipal, que deber siempre correspondiente al 10%.
SEXTA. GASTOS SUBVENCIONABLES. EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA
SUBVENCIÓN.
GASTOS SUBVENCIONABLES.
Las Entidades locales destinarán la subvención a financiar los gastos corrientes y de inversión
que establezcan en su solicitud, de acuerdo con las prescripciones establecidas en las
presentes normas.
Serán gastos subvencionables aquellos de naturaleza corriente y de capital incluidos en los
capítulos I, II, IV y VI (excluidas las obras) del Presupuesto de Gastos de 2023, conforme a la
Orden 3565/2008, por el que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades
locales, y su modificación mediante la Orden HAP/419/2014, incluidos por la Entidad Local en
el la documentación aportada.
1) Línea PLAN ACTIVA EMPLEO 2023.
- A través del PLAN ACTIVA EMPLEO serán subvencionables los gastos de Personal (capítulo
I) que podrán incluir retribuciones del personal, funcionario o laboral ya existente o de nueva
contratación.
En el caso de que se trate de NUEVA CONTRATACIÓN (contratos efectuados durante todo el
ejercicio 2023), el Ayuntamiento llevará a cabo dichas contrataciones de conformidad con la
legislación vigente y, en especial, la actual reforma laboral dispuesta por el Real Decreto-ley
32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la
CVE:
BOP-2023-393
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 24 de enero de 2023
N.º 0016
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