Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Herguijuela. (BOP-2023-381)
BOP-2023-381 Bases estabilización puesto Auxiliar Administrativo/a.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Herguijuela
CORRECCIÓN DE ERRORES. Bases estabilización puesto Auxiliar
Administrativo/a.
BASES POR LAS QUE SE REGIRÁN EL PROCESO SELECTIVO QUE CONVOCARÁ EL
AYUNTAMIENTO DE HERGUIJUELA PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
DE LARGA DURACIÓN PREVISTA EN LAS DISPOSICIONES ADICIONALES SEXTA Y
OCTAVA DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA
REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO.
Por Resolución de la Alcaldía de fecha 18 de enero de 2023 y en virtud de lo dispuesto en el
artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas que recoge a su tenor literal que las Administraciones Públicas
podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los/as
interesados/as, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se ha
acordado la rectificación de errores materiales advertidos en el anuncio publicado en el BOP n.º
244, de 23 de diciembre de 2022, relativo a la aprobación de las bases de la convocatoria
extraordinaria de estabilización de puestos de trabajo de esta entidad local, citada.
1. En la página 29708 del BOP núm. 244, mencionado, referido a la puntuación de la fase de
Otros Méritos, donde dice:
“... 2.2. FORMACIÓN. Hasta un máximo de 30 puntos
FORMACIÓN VALORACIÓN
Por cada 10 horas de formación recibida o
impartida.
(A estos efectos, un crédito equivale a 10
horas y a 0,10 puntos
0,10 puntos
CVE:
BOP-2023-381
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de enero de 2023
N.º 0015
Pág. 2574
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Herguijuela
CORRECCIÓN DE ERRORES. Bases estabilización puesto Auxiliar
Administrativo/a.
BASES POR LAS QUE SE REGIRÁN EL PROCESO SELECTIVO QUE CONVOCARÁ EL
AYUNTAMIENTO DE HERGUIJUELA PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
DE LARGA DURACIÓN PREVISTA EN LAS DISPOSICIONES ADICIONALES SEXTA Y
OCTAVA DE LA LEY 20/2021, DE 28 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES PARA LA
REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO.
Por Resolución de la Alcaldía de fecha 18 de enero de 2023 y en virtud de lo dispuesto en el
artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas que recoge a su tenor literal que las Administraciones Públicas
podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los/as
interesados/as, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se ha
acordado la rectificación de errores materiales advertidos en el anuncio publicado en el BOP n.º
244, de 23 de diciembre de 2022, relativo a la aprobación de las bases de la convocatoria
extraordinaria de estabilización de puestos de trabajo de esta entidad local, citada.
1. En la página 29708 del BOP núm. 244, mencionado, referido a la puntuación de la fase de
Otros Méritos, donde dice:
“... 2.2. FORMACIÓN. Hasta un máximo de 30 puntos
FORMACIÓN VALORACIÓN
Por cada 10 horas de formación recibida o
impartida.
(A estos efectos, un crédito equivale a 10
horas y a 0,10 puntos
0,10 puntos
CVE:
BOP-2023-381
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de enero de 2023
N.º 0015
Pág. 2574