Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-374)
BOP-2023-374 Plan Entidades Locales Menores 2023.
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- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los
derechos digitales.
- Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación, aprobado por Resolución de Presidencia
de 16 de diciembre de 2022 y publicado en B.O.P. n.º 242 del 21 de diciembre de 2022.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título
sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia
de Presupuestos.
- Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cáceres.
PRIMERA.- OBJETO. ENTIDADES BENEFICIARIAS. COMPETENCIA.
El objeto de estas normas reguladoras es establecer las premisas específicas en el marco de la
Ordenanza General de Subvenciones de esta Diputación para regular la concesión de
subvenciones públicas a través de este plan de ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 22 de la LGS, los arts 14 y 21 de la OGS y en la Base 41 de las de Ejecución del
Presupuesto para el ejercicio 2023, habiéndose previsto que está subvención se lleve a cabo
mediante concesión directa en régimen de convocatoria abierta.
La subvención consistirá en transferencias corrientes y de capital de la Diputación de Cáceres
a las entidades locales menores que sean beneficiarias, siendo subvencionables las
actuaciones que se detallan en la Norma Sexta de las presentes Normas Reguladoras.
BENEFICIARIO/AS.
Se ha establecido el reparto de las ayudas que se refleja en la relación de posibles entidades
beneficiarias, que acompaña a estas normas. Dicha relación, contiene a todas las Entidades
Locales Menores de la provincia y las asignaciones se han establecido de conformidad con los
criterios objetivos que se detallan en la Base Cuarta.
COMPETENCIA.
El órgano competente para la concesión de las subvenciones correspondientes a este Plan de
ayudas es la Vicepresidenta Segunda de la Diputación Provincial de Cáceres que adoptará la
correspondiente resolución relativa a las Entidades Locales Menores beneficiarias.
CVE:
BOP-2023-374
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de enero de 2023
N.º 0015
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