Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-374)
BOP-2023-374 Plan Entidades Locales Menores 2023.
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La falta de justificación de la subvención en este plazo excepcional conllevará la pérdida de la
subvención y demás responsabilidades previstas en estas normas y en la legislación aplicable
al respecto. Aún así, la presentación de la justificación en este plazo adicional no eximirá al
beneficiario de la sanción que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Subvenciones, le
pueda corresponder.
SÉPTIMA.- INFRACCIONES Y SANCIONES POR INCUMPLIMIENTOS.
INFRACCIONES.
Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones u omisiones
tipificadas en los artículos 56 a 58 de la LGS, y el régimen y graduación de sanciones será el
establecido en el capítulo II del título IV de la referida ley.
SANCIONES ADMINISTRATIVAS.
La Diputación Provincial de Cáceres podrá imponer multas pecuniarias y no pecuniarias. Las
pecuniarias se fijarán proporcionalmente a la cantidad indebidamente obtenida, aplicada o no
justificada. Las no pecuniarias podrán consistir en la pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones de la diputación Provincial de Cáceres durante un plazo de hasta cinco años.
OCTAVA.- REINTEGROS.
PROCEDIMIENTOS DE REINTEGRO. CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE LOS
INCUMPLIMIENTOS Y DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA.
RÉGIMEN SANCIONADOR.
PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO.
Si la Diputación Provincial de Cáceres apreciara alguno de los supuestos de reintegro
establecidos en el 37 de la LGS y en los arts. 36 y 37 de la Ordenanza General de
Subvenciones y exigirá a la entidad beneficiaria las cantidades que correspondan, de acuerdo
al procedimiento establecido en los artículos 41 y 42 de la LGS y 94 y siguientes del RLGS, así
como en el art. 42 de la OGS de la Diputación, incluidos los intereses de demora que pudieran
corresponderle.
La competencia para acordar el reintegro corresponderá a la Vicepresidencia Segunda de la
Diputación Provincial de Cáceres.
CVE:
BOP-2023-374
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 23 de enero de 2023
N.º 0015
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