Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecillas de la Tiesa. (BOP-2023-361)
BOP-2023-361 Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Fiscal reguladora del IBI.
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CAPITULO II. TIPO DE GRAVAMEN.
Artículo 3.
1. El tipo de gravamen queda fijado de la siguiente forma:
a) Para los bienes de naturaleza urbana, se fija en el tipo de 0,40%.
b) Para los bienes de naturaleza rústica, se fija el 0,70 %.
c) Para los bienes inmuebles de características especiales, PLANTAS
FOTOVOLTAICAS, se fija el 1,30%.
Artículo 4.
1. El tipo de exención queda fijado de la siguiente forma:
a) I.B.I. urbana, exenciones potestativas de aplicación de oficio, se fijan para los bienes
cuya cuota líquida sea inferior a 3 €.
b) I.B.I. rústica y de inmuebles con características especiales, exenciones potestativas
de aplicación de oficio, no se fijan.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
Todo lo no previsto en la presente Ordenanza, le será de aplicación el R.D.L. 2/2004 del T.R.
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley General Tributaria y demás normas que
las desarrollen o contemplen.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza Fiscal, aprobada por el Pleno, en sesión celebrada el día 24/11/2022,
entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de
aplicación a partir del 01-01-2023, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación
expresa.
Torrecillas de la Tiesa, 17 de enero de 2023
Tomás Sánchez Campo
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2023-361
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de enero de 2023
N.º 0014
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