Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-320)
BOP-2023-320 Resolución solicitud de reconocimiento de carrera profesional horizontal en el ámbito de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres.
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Donde dice, “El personal que reúna tales requisitos podrá solicitar el reconocimiento del Nivel II
de la Carrera Profesional Horizontal, en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día
siguiente a la publicación de esta Resolución en el B.O.P. de Cáceres.”
Debe decir, “El personal que reúna tales requisitos podrá solicitar el reconocimiento de Nivel
Inicial, I, II o Cambio de Grupo/Sugrupo de Carrera Profesional Horizontal, en el plazo de 10
días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el B.O.P. de
Cáceres.”
Segundo: El plazo para solicitar el reconocimiento de Nivel Inicial, I, o Cambio de
Grupo/Sugrupo de Carrera Profesional Horizontal, será de 10 días hábiles a contar desde el día
siguiente a la publicación de esta Resolución en el B.O.P. de Cáceres.”
Tercero: Notificar la resolución a la Mesa de Negociación de los/as empleados/as públicos/as
de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con indicación de que
la misma pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra ella, y de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 52.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, recurso de reposición ante la Presidencia en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres.
Asimismo, podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo que corresponda, en el plazo de 2 meses a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el citado boletín oficial, según lo dispuesto en el artículo
46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cáceres, 17 de enero de 2023
Álvaro Casas Avilés
SECRETARIO
CVE:
BOP-2023-320
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de enero de 2023
N.º 0013
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