Sección III - Administración del Estado. Confederaciónes Hidrográficas. Confederación Hidrográfica del Tajo. (BOP-2023-317)
BOP-2023-317 Expropiaciones pago de indemnizaciones en concepto de intereses de demora.
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El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por los/as
interesados/as. Aquellas cantidades cuyo pago no pueda hacerse efectivo por transferencia
bancaria, serán consignadas en la Caja General de Depósitos a disposición de los/as
interesados/as. Una vez que éstos subsanen la circunstancia que motivó dicha consignación,
esta Confederación Hidrográfica procederá a realizar los trámites oportunos para hacer efectivo
el pago de las mismas.
Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 49 del Reglamento de
Expropiación Forzosa que desarrolla la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de
1954.
Madrid, 10 de enero de 2023
Montserrat Ana Fernández San Miguel
SECRETARIA GENERAL
GARGANTA, LA EX15/01-01/0145 22 00275
GARGANTA, LA EX15/01-01/0149 22 00287
GARGANTA, LA EX15/01-01/0150 22 00288
GARGANTA, LA EX15/01-01/0151 22 00289
CVE:
BOP-2023-317
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de enero de 2023
N.º 0012
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