Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2023-302)
BOP-2023-302 Convocatoria de bolsa de empleo temporal de Delineantes/as.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo
de Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia. O bien en el
Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de
Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente las competencias en educación, según
corresponda a las plazas convocadas.
B. Servicios Prestados: Máximo 2,4 puntos.
Por servicios prestados en Administraciones Públicas en calidad de funcionario de carrera o
interino, o contratado laboral fijo, temporal o indefinido no fijo de plantilla, en plaza igual a la
que se convoca o con funciones idénticas o análogas, en su contenido profesional y en su
nivel técnico, a las de las del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se
opta, aunque tengan distinta denominación: Se asignará una puntuación de 0,025 puntos
por mes, hasta un máximo de 2,40 puntos.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Por servicios prestados, por cuenta propia o ajena, en el Sector Público o Privado, en puestos
con funciones idénticas o análogas, en su contenido profesional y en su nivel técnico, a las de
las del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta: Se asignará una
puntuación de 0,005 puntos por mes, hasta un máximo de 0,48 puntos.
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en Administraciones
Públicas, mediante certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la
que hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Los servicios prestados en el sector público o privado, se acreditarán, bien mediante certificación
de la empresa, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (indefinido o temporal).
- Régimen jurídico de vinculación (por cuenta ajena o autónomo).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial),
O, mediante Contrato laboral, nóminas o vida laboral.
En ambos supuestos junto con la documentación, deberá presentarse un Informe de vida laboral
emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
CVE:
BOP-2023-302
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de enero de 2023
N.º 0012
Pág. 2227
superior.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las establecidas por el Ministerio que
tenga las competencias correspondientes.
Se valorarán aquellas titulaciones que hayan sido aprobadas mediante acuerdo de Consejo
de Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de Universidades,
Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de correspondencia. O bien en el
Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación Profesional (SNCFP), o en el Registro de
Títulos no Universitarios del Ministerio que ostente las competencias en educación, según
corresponda a las plazas convocadas.
B. Servicios Prestados: Máximo 2,4 puntos.
Por servicios prestados en Administraciones Públicas en calidad de funcionario de carrera o
interino, o contratado laboral fijo, temporal o indefinido no fijo de plantilla, en plaza igual a la
que se convoca o con funciones idénticas o análogas, en su contenido profesional y en su
nivel técnico, a las de las del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se
opta, aunque tengan distinta denominación: Se asignará una puntuación de 0,025 puntos
por mes, hasta un máximo de 2,40 puntos.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Por servicios prestados, por cuenta propia o ajena, en el Sector Público o Privado, en puestos
con funciones idénticas o análogas, en su contenido profesional y en su nivel técnico, a las de
las del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta: Se asignará una
puntuación de 0,005 puntos por mes, hasta un máximo de 0,48 puntos.
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en Administraciones
Públicas, mediante certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la
que hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Los servicios prestados en el sector público o privado, se acreditarán, bien mediante certificación
de la empresa, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
- Tipo de vínculo (indefinido o temporal).
- Régimen jurídico de vinculación (por cuenta ajena o autónomo).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial),
O, mediante Contrato laboral, nóminas o vida laboral.
En ambos supuestos junto con la documentación, deberá presentarse un Informe de vida laboral
emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
CVE:
BOP-2023-302
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de enero de 2023
N.º 0012
Pág. 2227