Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Coria. (BOP-2023-270)
BOP-2023-270 EXTRACTO. Bases reguladoras y convocatoria que regirán la participación en el "Concurso del Carnaval de Rincón del Obispo" para el año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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- A la elegancia.
- A la coreografía.
- A la originalidad.
Cada miembro del Jurado puntuará de 0 a 10 cada uno de los criterios. La suma de los puntos
obtenidos en cada uno de los criterios dará el resultado de los/as participantes premiados/as,
sin perjuicio de la posibilidad de declarar desiertos los premios.
En caso de empate, el premio se repartirá de manera equitativa entre los/as participantes que
hayan obtenido la misma puntuación.
DÉCIMA. CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA.
El importe total de los premios será de 400 euros, distribuidos como señala la base 7ª de esta
convocatoria, con cargo a la partida 338 4810120 de los Presupuestos Generales Municipales
para el año 2023, estando subordinados a la existencia de crédito.
A los premios se les aplicarán las retenciones contempladas en las disposiciones normativas
vigentes, siendo abonados en los números de cuenta corriente designados al efecto.
UNDÉCIMA. MEDIOS DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN.
Las notificaciones a las personas premiadas se practicarán en el lugar y medio que hayan
hecho constar a tal efecto en la solicitud, siendo de aplicación, para el resto de participantes no
premiados/as, la previsión contenida en el artículo 45 de la Ley del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DUODÉCIMA. DATOS PERSONALES Y DERECHOS DE IMAGEN.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales,
se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe
para la tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones
relacionadas.
DECIMOCUARTA. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
El hecho de participar en la convocatoria conlleva la aceptación de estas Bases. En
consecuencia, las personas participantes no podrán impugnarlas una vez finalizada la
CVE:
BOP-2023-270
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 17 de enero de 2023
N.º 0011
Pág. 2089
- A la coreografía.
- A la originalidad.
Cada miembro del Jurado puntuará de 0 a 10 cada uno de los criterios. La suma de los puntos
obtenidos en cada uno de los criterios dará el resultado de los/as participantes premiados/as,
sin perjuicio de la posibilidad de declarar desiertos los premios.
En caso de empate, el premio se repartirá de manera equitativa entre los/as participantes que
hayan obtenido la misma puntuación.
DÉCIMA. CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA.
El importe total de los premios será de 400 euros, distribuidos como señala la base 7ª de esta
convocatoria, con cargo a la partida 338 4810120 de los Presupuestos Generales Municipales
para el año 2023, estando subordinados a la existencia de crédito.
A los premios se les aplicarán las retenciones contempladas en las disposiciones normativas
vigentes, siendo abonados en los números de cuenta corriente designados al efecto.
UNDÉCIMA. MEDIOS DE NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN.
Las notificaciones a las personas premiadas se practicarán en el lugar y medio que hayan
hecho constar a tal efecto en la solicitud, siendo de aplicación, para el resto de participantes no
premiados/as, la previsión contenida en el artículo 45 de la Ley del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DUODÉCIMA. DATOS PERSONALES Y DERECHOS DE IMAGEN.
En cumplimiento del deber de informar establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales,
se tratarán y guardarán los datos aportados en la instancia y documentación que la acompañe
para la tramitación y gestión del presente expediente administrativo y demás actuaciones
relacionadas.
DECIMOCUARTA. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.
El hecho de participar en la convocatoria conlleva la aceptación de estas Bases. En
consecuencia, las personas participantes no podrán impugnarlas una vez finalizada la
CVE:
BOP-2023-270
Verificable
en:
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Martes, 17 de enero de 2023
N.º 0011
Pág. 2089