Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torre de Don Miguel. (BOP-2023-259)
BOP-2023-259 Convocatoria para la provisión de 2 plazas de Auxiliar Administrativo/a y 2 plazas de peón de servicios múltiples por concurso, proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Torre de Don Miguel
esta certificación debiera ser expedida por el Excmo. Ayuntamiento de Torre de Don
Miguel, la persona solicitante no deberá aportarla, siendo el propio Ayuntamiento quien lo
aporte al procedimiento como si lo hubiera presentado la propia persona interesada, y con
carácter previo en el que se valoren los méritos. En la propia solicitud (Anexo I) figurará un
apartado por el que la persona aspirante solicitará dicha certificación.
No serán tenidos en cuenta ni valorados los méritos que no queden alegados y
acreditados a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias y en la forma
anteriormente mencionada, sin perjuicio de que el Tribunal Calificador pueda solicitar la
ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente
acreditado.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados
únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de
selección y las comunicaciones que deban realizarse.
Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos
personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos. La fecha de
referencia al objeto de cumplimiento de los requisitos y posesión de méritos alegados en la
fase de concurso, será la de finalización del plazo de admisión de solicitudes. La Dirección
de la Sede Electrónica a la que hace referencia las presentes bases, es:
https://torrededonmiguel.sedelectronica.es
5.- Admisión de los aspirantes
5.1. Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten
en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base
segunda, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El
cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los
documentos correspondientes en la forma prevista en la base décima.
5.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación
dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes
admitidos/as y excluidos/as. La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a
definitiva si no se produjesen alegaciones.
Ayuntamiento de Torre de Don Miguel
Plaza Mayor, 1, Torre de Don Miguel. 10864 (Cáceres). Tfno. 927441032. Fax: 927441135
CVE:
BOP-2023-259
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de enero de 2023
N.º 0010
Pág. 2026
esta certificación debiera ser expedida por el Excmo. Ayuntamiento de Torre de Don
Miguel, la persona solicitante no deberá aportarla, siendo el propio Ayuntamiento quien lo
aporte al procedimiento como si lo hubiera presentado la propia persona interesada, y con
carácter previo en el que se valoren los méritos. En la propia solicitud (Anexo I) figurará un
apartado por el que la persona aspirante solicitará dicha certificación.
No serán tenidos en cuenta ni valorados los méritos que no queden alegados y
acreditados a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias y en la forma
anteriormente mencionada, sin perjuicio de que el Tribunal Calificador pueda solicitar la
ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente
acreditado.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados
únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de
selección y las comunicaciones que deban realizarse.
Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos
personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.
El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos. La fecha de
referencia al objeto de cumplimiento de los requisitos y posesión de méritos alegados en la
fase de concurso, será la de finalización del plazo de admisión de solicitudes. La Dirección
de la Sede Electrónica a la que hace referencia las presentes bases, es:
https://torrededonmiguel.sedelectronica.es
5.- Admisión de los aspirantes
5.1. Para ser admitido/a al proceso selectivo bastará con que los/las aspirantes manifiesten
en sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base
segunda, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. El
cumplimiento de estos requisitos será acreditado mediante la presentación de los
documentos correspondientes en la forma prevista en la base décima.
5.2. Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación
dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de los/as aspirantes
admitidos/as y excluidos/as. La lista provisional se entenderá automáticamente elevada a
definitiva si no se produjesen alegaciones.
Ayuntamiento de Torre de Don Miguel
Plaza Mayor, 1, Torre de Don Miguel. 10864 (Cáceres). Tfno. 927441032. Fax: 927441135
CVE:
BOP-2023-259
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 16 de enero de 2023
N.º 0010
Pág. 2026