Sección I - Administración Local. Provincia. Consorcio Medioambiental MásMedio. (BOP-2023-224)
BOP-2023-224 Convenio Adhesión Ayuntamiento San Martín de Trevejo.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
CONVENIO DE ADHESIÓN
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
2.- Sin perjuicio de las aportaciones anteriores, los municipios deberán prestar, en
la forma que se determine para cada servicio, colaboración con personal de su pro-
pia plantilla en aras de facilitar el desenvolvimiento de los servicios dentro de su
término municipal.
3.- Si no se prestase la colaboración referida, el consorcio podrá cuantificar la valo-
ración económica de la misma, a los efectos de proceder a la liquidación correspon-
diente, en aras del buen funcionamiento del servicio.
Artículo 9. Reglamentación.
Mediante las oportunas disposiciones de carácter reglamentario, el consorcio re-
gulará el régimen interno y de funcionamiento de sus propios servicios.
CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 10. Estructura organizativa.
1.- La estructura organizativa del consorcio estará constituida por:
a) Presidencia del consorcio.
b) Vicepresidencia.
c) Junta General.
d) Consejo de Administración.
2.- Las resoluciones de dichos órganos serán impugnables en vía administrativa y
jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto en la legislación de régimen local y gene-
ral.
Artículo 11. Presidente.
1.- La Presidencia la ostentará la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación de
Cáceres, que asumirá las competencias que determinan los presentes estatutos.
2.- Corresponde a la Presidencia ejercer las siguientes funciones:
a) Convocar, presidir suspender y levantar, así como dirigir las sesiones de la Junta
General y decidir los empates con el voto de calidad.
b) Representar al consorcio judicial y administrativamente.
c) Supervisar los servicios y actividades del consorcio.
CVE:
BOP-2023-224
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de enero de 2023
N.º 0009
Pág. 1900
CONSORCIO MEDIOAMBIENTE Y AGUAS PROVINCIA DE CÁCERES
2.- Sin perjuicio de las aportaciones anteriores, los municipios deberán prestar, en
la forma que se determine para cada servicio, colaboración con personal de su pro-
pia plantilla en aras de facilitar el desenvolvimiento de los servicios dentro de su
término municipal.
3.- Si no se prestase la colaboración referida, el consorcio podrá cuantificar la valo-
ración económica de la misma, a los efectos de proceder a la liquidación correspon-
diente, en aras del buen funcionamiento del servicio.
Artículo 9. Reglamentación.
Mediante las oportunas disposiciones de carácter reglamentario, el consorcio re-
gulará el régimen interno y de funcionamiento de sus propios servicios.
CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
Artículo 10. Estructura organizativa.
1.- La estructura organizativa del consorcio estará constituida por:
a) Presidencia del consorcio.
b) Vicepresidencia.
c) Junta General.
d) Consejo de Administración.
2.- Las resoluciones de dichos órganos serán impugnables en vía administrativa y
jurisdiccional, de acuerdo con lo previsto en la legislación de régimen local y gene-
ral.
Artículo 11. Presidente.
1.- La Presidencia la ostentará la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación de
Cáceres, que asumirá las competencias que determinan los presentes estatutos.
2.- Corresponde a la Presidencia ejercer las siguientes funciones:
a) Convocar, presidir suspender y levantar, así como dirigir las sesiones de la Junta
General y decidir los empates con el voto de calidad.
b) Representar al consorcio judicial y administrativamente.
c) Supervisar los servicios y actividades del consorcio.
CVE:
BOP-2023-224
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de enero de 2023
N.º 0009
Pág. 1900