Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pescueza. (BOP-2023-211)
BOP-2023-211 Delegación de funciones de alcaldía.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Pescueza
ANUNCIO. Delegación de funciones de alcaldía.
Encontrándome en una situación personal temporal que me impide ejercer con normalidad las
funciones correspondientes a la Alcaldía.
Visto que corresponde a los/as Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad
de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al/la Alcalde/sa, en los casos de
ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste/a para el ejercicio de sus
atribuciones, así como desempeñar las funciones del/a Alcalde/sa en los supuestos de vacante
en la Alcaldía.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 23-3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los Arts. 44 y 47 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en la Primera Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento, Doña Agustina
Fernández Palomino, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del Art. 23-3
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo que
dure dicha situación personal.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de
resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos
administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso,
cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el
periodo de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y
como se prevé en al Art. 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
CVE:
BOP-2023-211
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 12 de enero de 2023
N.º 0008
Pág. 1846
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Pescueza
ANUNCIO. Delegación de funciones de alcaldía.
Encontrándome en una situación personal temporal que me impide ejercer con normalidad las
funciones correspondientes a la Alcaldía.
Visto que corresponde a los/as Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad
de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al/la Alcalde/sa, en los casos de
ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste/a para el ejercicio de sus
atribuciones, así como desempeñar las funciones del/a Alcalde/sa en los supuestos de vacante
en la Alcaldía.
En virtud de lo dispuesto en el Art. 23-3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los Arts. 44 y 47 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en la Primera Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento, Doña Agustina
Fernández Palomino, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del Art. 23-3
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo que
dure dicha situación personal.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de
resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos
administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso,
cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el
periodo de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y
como se prevé en al Art. 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
CVE:
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