Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2023-205)
BOP-2023-205 Bases de la Convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir dos plazas de personal de limpieza de edificios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO
MADRIGAL DE LA VERA
ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado el acceso a la función pública para los/as aspirantes que no posean la
nacionalidad española
d) Los/as aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y laspersonas
incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
y que residan en España, deberán presentar el correspondiente documento de identidad o
pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario ode familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo
en vigor.
Si los/las aspirantes propuestos/as tuvieran la condición de empleados/as públicos/as estarán
exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior
nombramiento/contratación, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la
Administración Pública de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que
consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor algún/a de los/las aspirantes
propuestos/as no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece
de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia
solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso el Ilmo. Sr. Alcalde efectuará el
nombramiento como personal laboral fijo a favor de quien habiendo alcanzado la puntuación
mínima exigida el proceso selectivo, siga en el orden de clasificacióndefinitiva, una vez acreditado
el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Concluido el proceso selectivo y acreditados documentalmente los requisitos, se dictaráResolución
de Alcaldía disponiendo el nombramiento como personal laboral fijo de los/las aspirantes
propuestos/as, que será publicada en los diarios o boletines preceptivos.
Este proceso de estabilización de empleo temporal, a tenor de lo establecido en la Ley 20/2021
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, convocado mediante el procedimiento de concurso por el Excmo. Ayuntamiento de
Madrigal de la Vera no genera bolsa de trabajo temporal.
NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS.
Por el solo hecho de su participación en el proceso selectivo, los/as aspirantes prestan su
consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos/as sean incorporados
al fichero automatizado «Pruebas Selectivas y Bolsas de Trabajo», una de cuyas finalidades es la
gestión de los procesos de selección de los/as candidatos/as que pretendan acceder a plazas
vacantes, salvo que los/as aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se
utilice a tales efectos.
El Excmo. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera, como responsable del fichero mencionado,
garantizaráel pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y
así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales ygarantía de los derechos digitales, los aspirantes quedarán informados y prestarán
su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El/la
opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito
dirigido al Área de Recursos Humanos de esta Corporación. Asimismo, a efectos de gestión del
proceso de selección para el que el aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, estos
podrán ser publicados en los medios que dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la
única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
Cód.
Validación:
EDF9ZJDTTF35922MAKX9WDDWK
|
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
9
de
15
CVE:
BOP-2023-205
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 12 de enero de 2023
N.º 0008
Pág. 1818
MADRIGAL DE LA VERA
ejercicio de funciones públicas, o de no estar sometido/a a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado el acceso a la función pública para los/as aspirantes que no posean la
nacionalidad española
d) Los/as aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y laspersonas
incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
y que residan en España, deberán presentar el correspondiente documento de identidad o
pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario ode familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo
en vigor.
Si los/las aspirantes propuestos/as tuvieran la condición de empleados/as públicos/as estarán
exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior
nombramiento/contratación, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la
Administración Pública de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que
consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor algún/a de los/las aspirantes
propuestos/as no presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece
de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia
solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso el Ilmo. Sr. Alcalde efectuará el
nombramiento como personal laboral fijo a favor de quien habiendo alcanzado la puntuación
mínima exigida el proceso selectivo, siga en el orden de clasificacióndefinitiva, una vez acreditado
el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Concluido el proceso selectivo y acreditados documentalmente los requisitos, se dictaráResolución
de Alcaldía disponiendo el nombramiento como personal laboral fijo de los/las aspirantes
propuestos/as, que será publicada en los diarios o boletines preceptivos.
Este proceso de estabilización de empleo temporal, a tenor de lo establecido en la Ley 20/2021
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, convocado mediante el procedimiento de concurso por el Excmo. Ayuntamiento de
Madrigal de la Vera no genera bolsa de trabajo temporal.
NOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS.
Por el solo hecho de su participación en el proceso selectivo, los/as aspirantes prestan su
consentimiento para que los datos de carácter personal facilitados por ellos/as sean incorporados
al fichero automatizado «Pruebas Selectivas y Bolsas de Trabajo», una de cuyas finalidades es la
gestión de los procesos de selección de los/as candidatos/as que pretendan acceder a plazas
vacantes, salvo que los/as aspirantes indiquen expresamente no querer que dicha información se
utilice a tales efectos.
El Excmo. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera, como responsable del fichero mencionado,
garantizaráel pleno cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, y
así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales ygarantía de los derechos digitales, los aspirantes quedarán informados y prestarán
su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados. El/la
opositor/a podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito
dirigido al Área de Recursos Humanos de esta Corporación. Asimismo, a efectos de gestión del
proceso de selección para el que el aspirante ha autorizado la utilización de sus datos, estos
podrán ser publicados en los medios que dictaminan las presentes bases de convocatoria, con la
única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
Cód.
Validación:
EDF9ZJDTTF35922MAKX9WDDWK
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Verificación:
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Documento
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electrónicamente
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Verificable
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Jueves, 12 de enero de 2023
N.º 0008
Pág. 1818