Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cachorrilla. (BOP-2023-179)
BOP-2023-179 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales.
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ARTÍCULO 15. Sanciones.
Las sanciones a imponer en caso de comisión de las infracciones arriba indicadas, serán:
- Infracciones muy graves: desde 1.501 euros hasta 3.000 euros.
- Infracciones graves: desde 501 euros hasta 1.500 euros.
- Infracciones leves: desde 100 euros hasta 500 euros.
Las sanciones que pueden imponerse serán independientes de la indemnización de daños y
perjuicios que proceda.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza entrará en vigor a los quince días de su publicación íntegra en el
Boletín Oficial de la Provincia de conformidad con los artículos 65.2 en relación con el artículo
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Cachorrilla, 6 de enero de 2023
Rubén Morera Martín
ALCALDE
CVE:
BOP-2023-179
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de enero de 2023
N.º 0007
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