Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata. (BOP-2023-134)
BOP-2023-134 Publicación BOP n.º 248 de 30 de diciembre de 2022 sobre proceso de estabilización en el empleo temporal, Ley 20/2021 de 28 Diciembre.
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AYUNTAMIENTO DE VILLASBUENAS DE GATA
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
Doña Estefanía González Bizarro, alcaldesa presidenta del Ayuntamiento de Villasbuenas de
Gata (Cáceres), a la vista de los siguientes,
ANTECEDENTES DE DERECHO
Apreciado un error de transcripción en el decreto 280-2022 y no habiéndose publicado el
mismo en los boletines correspondientes.
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público, regula procesos especiales de estabilización de empleo
temporal con la finalidad de reducir la temporalidad en el empleo público y situarlo debajo del
8 por ciento en el conjunto de las Administraciones Públicas.
En la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se autoriza una Oferta de Empleo Público especial que
no consume tasa de reposición, para incluir en ella a aquellas plazas de naturaleza estructural
que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida en los tres años anteriores a
31 de diciembre de 2020, por un lado, que serán convocadas mediante el procedimiento de
concurso-oposición, conforme a lo dispuesto en el art. 2 de la Ley, y por otro lado aquellas
plazas ocupadas de forma temporal e ininterrumpidas con anterioridad a 1 de enero de 2016,
conforme a la disposición adicional sexta. Además, se han de incluir aquellas plazas de
carácter estructural desempeñadas con anterioridad a 1 de enero de 2016, reguladas en la
disposición adicional octava. Estas últimas convocatorias deberán ser reguladas a través del
procedimiento de concurso.
Aprobada la oferta de empleo público especial de estabilización de empleo temporal del
Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata mediante Resolución de Alcaldía de fecha 23 de Mayo
de 2022 (BOP número 100 de 26 Mayo de 2022) y conforme se establece en la Ley 20/21
(artículo 2.4) la articulación de estos procesos selectivos que, en todo caso, garantizará el
cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad,
podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración
General del Estado, comunidades autónomas y entidades locales, pudiendo articularse
medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes Administraciones Públicas en el
desarrollo de los mismos en el seno de la Comisión de Coordinación del Empleo Público.
Se establece que se garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia,
igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Así serán convocatorias abiertas para que puedan
participar en ellas todas y todos los aspirantes que cumplan los requisitos de participación
que se establecen con carácter general;
En esta Ley se establecen además diversas medidas: en el ámbito local, de seguimiento de la
temporalidad y de gasto, así como de agilidad en los procesos de selección, elaboración de un
informe anual de seguimiento de la situación de la temporalidad en el empleo público, que
contendrá, como mínimo, el detalle funcional con escala autonómica y local de todas las
Cód.
Validación:
7NR6Q2D4KXDJD72RHLE3ZP4T4
|
Verificación:
https://villasbuenasdegata.sedelectronica.es/
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electrónicamente
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esPublico
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Verificable
en:
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Jueves, 5 de enero de 2023
N.º 0004
Pág. 1480
Plaza Palacio, 1. C.P. 10858 Tlf.: 927. 67 30 78 - Fax: 927 67 30 23
Doña Estefanía González Bizarro, alcaldesa presidenta del Ayuntamiento de Villasbuenas de
Gata (Cáceres), a la vista de los siguientes,
ANTECEDENTES DE DERECHO
Apreciado un error de transcripción en el decreto 280-2022 y no habiéndose publicado el
mismo en los boletines correspondientes.
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público, regula procesos especiales de estabilización de empleo
temporal con la finalidad de reducir la temporalidad en el empleo público y situarlo debajo del
8 por ciento en el conjunto de las Administraciones Públicas.
En la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se autoriza una Oferta de Empleo Público especial que
no consume tasa de reposición, para incluir en ella a aquellas plazas de naturaleza estructural
que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida en los tres años anteriores a
31 de diciembre de 2020, por un lado, que serán convocadas mediante el procedimiento de
concurso-oposición, conforme a lo dispuesto en el art. 2 de la Ley, y por otro lado aquellas
plazas ocupadas de forma temporal e ininterrumpidas con anterioridad a 1 de enero de 2016,
conforme a la disposición adicional sexta. Además, se han de incluir aquellas plazas de
carácter estructural desempeñadas con anterioridad a 1 de enero de 2016, reguladas en la
disposición adicional octava. Estas últimas convocatorias deberán ser reguladas a través del
procedimiento de concurso.
Aprobada la oferta de empleo público especial de estabilización de empleo temporal del
Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata mediante Resolución de Alcaldía de fecha 23 de Mayo
de 2022 (BOP número 100 de 26 Mayo de 2022) y conforme se establece en la Ley 20/21
(artículo 2.4) la articulación de estos procesos selectivos que, en todo caso, garantizará el
cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad,
podrá ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración
General del Estado, comunidades autónomas y entidades locales, pudiendo articularse
medidas que posibiliten una coordinación entre las diferentes Administraciones Públicas en el
desarrollo de los mismos en el seno de la Comisión de Coordinación del Empleo Público.
Se establece que se garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia,
igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Así serán convocatorias abiertas para que puedan
participar en ellas todas y todos los aspirantes que cumplan los requisitos de participación
que se establecen con carácter general;
En esta Ley se establecen además diversas medidas: en el ámbito local, de seguimiento de la
temporalidad y de gasto, así como de agilidad en los procesos de selección, elaboración de un
informe anual de seguimiento de la situación de la temporalidad en el empleo público, que
contendrá, como mínimo, el detalle funcional con escala autonómica y local de todas las
Cód.
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N.º 0004
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