Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2023-118)
BOP-2023-118 Bases de Convocatoria, para cubrir, mediante Concurso, una (1) plaza de Conserje Centro Educativo, derivadas del proceso Extraordinario de Estabilización previsto en la Ley 20/2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE
MAJADAS DE TIÉTAR
(Cáceres)
Ayuntamiento de Majadas de Tiétar Plaza de Extremadura, 1 10.529 MAJADAS DE TIÉTAR (Cáceres)
Teléfono: 927 577 116 Fax: 927 577 146 E.Mail: alcaldia@ayuntamiento-majadas.es
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título, certificado o diploma.
Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y
complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados públicos.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos en
horas y/o créditos, con la equivalencia de 1 crédito por cada 10 horas. No obstante, cuando la
duración de las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por
día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días
concretos de celebración del curso. En caso de que en las acreditaciones de las actividades
formativas aportadas figuren tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta
éstos últimos para su valoración.
No se valorarán los pertenecientes a los contenidos de una carrera universitaria y los de doctorado.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no
especifiquen número de horas se valorarán con 0,02 puntos.
Se valorarán con 0,04 puntos por cada 10 horas o cada crédito de las demás actividades formativas
presentadas por las personas aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10
horas.
En el caso de que se produjesen empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los
siguientes criterios:
1º Mayor puntuación en los apartados de méritos por el orden en que éstos aparecen.
2º Mayor puntuación en los subapartados de méritos, por el orden en que éstos aparecen.
3º De persistir el empate, éste se solventará por sorteo.
OCTAVA.- Proceso selectivo.
8.1.- El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024 y una vez
finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, en el tablón de anuncios, y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://majadas.sedelectronica.es/info.0 la relación de personas aprobadas, por el orden de
puntuación alcanzado.
8.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
Cód.
Validación:
7R27Z3TAEGH3LLE5G7QQ79AGD
|
Verificación:
https://majadas.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2023-118
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de enero de 2023
N.º 0004
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MAJADAS DE TIÉTAR
(Cáceres)
Ayuntamiento de Majadas de Tiétar Plaza de Extremadura, 1 10.529 MAJADAS DE TIÉTAR (Cáceres)
Teléfono: 927 577 116 Fax: 927 577 146 E.Mail: alcaldia@ayuntamiento-majadas.es
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título, certificado o diploma.
Asimismo, se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por los agentes anteriores, con contenidos transversales y
complementarios que contribuyan al desarrollo personal y profesional de los empleados públicos.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los mismos en
horas y/o créditos, con la equivalencia de 1 crédito por cada 10 horas. No obstante, cuando la
duración de las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5 horas por
día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten claramente los días
concretos de celebración del curso. En caso de que en las acreditaciones de las actividades
formativas aportadas figuren tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta
éstos últimos para su valoración.
No se valorarán los pertenecientes a los contenidos de una carrera universitaria y los de doctorado.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
Por asistir a cursos o actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no
especifiquen número de horas se valorarán con 0,02 puntos.
Se valorarán con 0,04 puntos por cada 10 horas o cada crédito de las demás actividades formativas
presentadas por las personas aspirantes, estableciéndose la equivalencia de 1 crédito con 10
horas.
En el caso de que se produjesen empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los
siguientes criterios:
1º Mayor puntuación en los apartados de méritos por el orden en que éstos aparecen.
2º Mayor puntuación en los subapartados de méritos, por el orden en que éstos aparecen.
3º De persistir el empate, éste se solventará por sorteo.
OCTAVA.- Proceso selectivo.
8.1.- El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024 y una vez
finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, en el tablón de anuncios, y en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://majadas.sedelectronica.es/info.0 la relación de personas aprobadas, por el orden de
puntuación alcanzado.
8.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los
actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
Cód.
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Jueves, 5 de enero de 2023
N.º 0004
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