Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tajosalor. (BOP-2023-86)
BOP-2023-86 Bases plazas concurso Administrativo/a.
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Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo
que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación;
asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores,
mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
DECIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de
las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y
demás normativa aplicable.
UNDECIMA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad
con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en
relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se
podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes
ante la Presidencia, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a su elección, el
que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su
anuncio en la Sede electrónica de la Mancomunidad Tajo-Salor (artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa).
En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril,
de Función Pública de Extremadura, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
CVE:
BOP-2023-86
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 1140
Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo
que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación;
asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores,
mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
DECIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de
las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y
demás normativa aplicable.
UNDECIMA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad
con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en
relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se
podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes
ante la Presidencia, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a su elección, el
que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su
anuncio en la Sede electrónica de la Mancomunidad Tajo-Salor (artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa).
En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril,
de Función Pública de Extremadura, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
CVE:
BOP-2023-86
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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