Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Tajosalor. (BOP-2023-82)
BOP-2023-82 Bases proceso de selección estabilización empleo por Concurso.
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Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se
podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes
ante la Presidencia, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a su elección, el
que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su
anuncio en la Sede electrónica de la Mancomunidad Tajo-Salor (artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa).
En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril,
de Función Pública de Extremadura, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las
reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de
selección de los funcionarios de Administración Local, el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia
de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
CVE:
BOP-2023-82
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 1083
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se
podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes
ante la Presidencia, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a su elección, el
que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su
anuncio en la Sede electrónica de la Mancomunidad Tajo-Salor (artículo 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa).
En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril,
de Función Pública de Extremadura, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las
reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de
selección de los funcionarios de Administración Local, el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia
de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de
abril; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
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