Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2023-69)
BOP-2023-69 Bases generales que regirán las convocatorias de procesos selectivos de consolidación y estabilización de empleo temporal.
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b) Recibo de haber abonado los Derechos de Examen, que se hará efectivo mediante
autoliquidación, a través de la página web municipal. El cumplimiento de este
requisito deberá realizarse inexcusablemente dentro del plazo de presentación de
instancias, no siendo posible la subsanación, ni total ni parcial del mismo, fuera de
dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de subsanación la acreditación
de su realización en el plazo indicado.
c) Fotocopia de la titulación exigida en las bases específicas o justificante de haber
abonado la tasa por los derechos para su expedición junto con el certificado
acreditativo de haber finalizado los estudios correspondientes. Si estos
documentos fuesen expedidos con posterioridad a la fecha en que finalizó el plazo
de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los
estudios. En caso de titulaciones que hayan sido obtenidas en el extranjero, deberá
aportarse la credencial acreditativa de su correspondiente homologación.
d) Acreditación de los méritos a valorar en la fase de concurso, de conformidad con
lo previsto en las bases específicas.
e) Los aspirantes que hayan optado por el turno de discapacidad deberán aportar
certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente, en la que se acredite la calificación de la minusvalía, el grado de
la misma, así como la compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones
correspondientes.
f) Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en las bases específicas.
3.5. Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con
discapacidad podrán solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de
tiempo y medios que consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas
en condiciones de igualdad. En este caso, deberán presentar junto a la solicitud de
participación, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así
como certificado médico justificativo de la adaptación solicitada. A tal efecto, el
Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
competentes de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Moraleja. El Tribunal
Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de
forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios
en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. La adaptación de
tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
4. Admisión de aspirantes
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en
sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases
generales y específicas, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación
CVE:
BOP-2023-69
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 944
b) Recibo de haber abonado los Derechos de Examen, que se hará efectivo mediante
autoliquidación, a través de la página web municipal. El cumplimiento de este
requisito deberá realizarse inexcusablemente dentro del plazo de presentación de
instancias, no siendo posible la subsanación, ni total ni parcial del mismo, fuera de
dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de subsanación la acreditación
de su realización en el plazo indicado.
c) Fotocopia de la titulación exigida en las bases específicas o justificante de haber
abonado la tasa por los derechos para su expedición junto con el certificado
acreditativo de haber finalizado los estudios correspondientes. Si estos
documentos fuesen expedidos con posterioridad a la fecha en que finalizó el plazo
de admisión de solicitudes, deberá justificarse el momento en que concluyeron los
estudios. En caso de titulaciones que hayan sido obtenidas en el extranjero, deberá
aportarse la credencial acreditativa de su correspondiente homologación.
d) Acreditación de los méritos a valorar en la fase de concurso, de conformidad con
lo previsto en las bases específicas.
e) Los aspirantes que hayan optado por el turno de discapacidad deberán aportar
certificación expedida por los órganos competentes del Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente, en la que se acredite la calificación de la minusvalía, el grado de
la misma, así como la compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones
correspondientes.
f) Aquellos otros que, en su caso, pudieran exigirse en las bases específicas.
3.5. Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con
discapacidad podrán solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de
tiempo y medios que consideren oportunas para participar en las pruebas selectivas
en condiciones de igualdad. En este caso, deberán presentar junto a la solicitud de
participación, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así
como certificado médico justificativo de la adaptación solicitada. A tal efecto, el
Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos
competentes de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Moraleja. El Tribunal
Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de
forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios
en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. La adaptación de
tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
4. Admisión de aspirantes
4.1. Para ser admitido al proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en
sus solicitudes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases
generales y específicas, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación
CVE:
BOP-2023-69
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
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