Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2023-62)
BOP-2023-62 Bases convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir una plaza de Administrativo/a, padrón municipal y tramitación de licencias de actividad.
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AYUNTAMIENTO
MADRIGAL DE LA VERA
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado; y demás normas concordantes de general aplicación.
UNDÉCIMA.- IMPUGNACIÓN.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los/as
interesados/as podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Encaso de interponer recurso de reposición, no
se podrá impugnar en vía contencioso- administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto
expresamente o se haya producidola desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de
ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
En Madrigal de la Vera, a fecha de la firma digital,
EL ALCALDE,
Urbano Plaza Moreno
Cód.
Validación:
ZTXMHZ97D2YYPM9CADEYSXRZ6
|
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
11
de
17
CVE:
BOP-2023-62
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de enero de 2023
N.º 0003
Pág. 854
MADRIGAL DE LA VERA
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado; y demás normas concordantes de general aplicación.
UNDÉCIMA.- IMPUGNACIÓN.
Contra la presente orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los/as
interesados/as podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia, o bien, interponer directamente recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Encaso de interponer recurso de reposición, no
se podrá impugnar en vía contencioso- administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto
expresamente o se haya producidola desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de
ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
En Madrigal de la Vera, a fecha de la firma digital,
EL ALCALDE,
Urbano Plaza Moreno
Cód.
Validación:
ZTXMHZ97D2YYPM9CADEYSXRZ6
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Verificación:
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