Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aldeacentenera. (BOP-2023-4)
BOP-2023-4 Aprobación definitiva del Reglamento regulador del uso y funcionamiento de la Escuela Infantil.
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Artículo 25.- Vacantes. Listas de Espera.
La lista de espera estará formada por aquellos/as niños/as que se hayan quedado sin acceso a
una de las plazas y estará ordenada de mayor a menor puntuación obtenida en el baremo.
El Excmo. Ayuntamiento de Aldeacentenera, en el caso de producirse una vacante, tendrá
plena facultades para hacer llamamiento al siguiente niño/a que mayor puntuación hubiera
obtenido en la valoración y del año correspondiente a la unidad escolar donde se produzca la
vacante a los efectos de formalizar la matrícula. En caso de no formalizar la matrícula o de
renuncia expresa a una plaza se producirá la pérdida de todos los derechos. Con el fin de
cubrir las vacantes que pudieran producirse una vez agotada la lista de espera, la Alcaldía
tendrá potestad de articular medidas para lograr cubrir las plazas.
Título VII.- PAGO DE CUOTAS
Artículo 26.- Cuotas y forma de pago.
1.-La cuota se establecerá según la ordenanza municipal que esté vigente en el curso escolar
correspondiente, pudiendo variar si éstas fuesen modificadas.
DISPOSICIONES DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. En lo no previsto en el presente
Reglamento y la Ordenanza Fiscal Reguladora, se estará a lo establecido en las disposiciones
de carácter general que fueren de aplicación.
DISPOSICIÓN FINAL. El presente Reglamento, una vez aprobado definitivamente por el Pleno
de este Ayuntamiento, entrará en vigor tras su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la
Provincia, una vez finalizado el plazo de quince días señalado en la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o
derogación expresa
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Aldeacentenera, 28 de diciembre de 2022
Francisco Muñoz Jiménez
ALCALDE-PRESIDENTE
CVE:
BOP-2023-4
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de enero de 2023
N.º 0002
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