Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Losar de la Vera. (BOP-2023-29)
BOP-2023-29 Bases específicas para el proceso de selección, en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, en aplicación de la ley 20/2021 para la reduccion de la temporalidad.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Excmo. Ayuntamiento de LOSAR DE LA VERA (Cáceres)
Plaza la Viñuela, Nº29 C.P. 10.460 – Losar de la Vera
Tlfno: 927570284 – Fax: 927570339
E-mail: aytolosar@losardelavera.es
BASES ESPECÍFICAS PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
LIMPIADOR/A LIMPIEZA VIARIA
Página 4
QUINTA. Tribunal de selección
Se regulan en las Bases Generales reguladoras del Proceso de Estabilización del
Empleo Temporal, en aplicación de la ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad
del Ayuntamiento de Losar de la Vera.
SEXTA. Sistema de Selección: CONCURSO DE MÉRITOS
El sistema de concurso de valoración de méritos, tendrá una puntuación máxima total
de 20 puntos, dividiéndose en servicios prestados y otros méritos (formación,
titulación) que acrediten los/as aspirantes, conforme al baremo y puntuación que se
establece a continuación:
A. Servicios prestados. ( 16 puntos máximo)
Se valorarán los servicios prestados como funcionario/a interino/a, laboral temporal,
cualquiera que sea la modalidad del nombramiento interino/a/ contratación temporal
o indefinido/a no fijo/a, hasta la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria
en el BOE, de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Por cada mes de servicios prestados como LIMPIADOR/A LIMPIEZA VIARIA en el
Ayuntamiento de Losar de la Vera, ocupando el puesto de trabajo correspondiente a la
plaza objeto de la convocatoria, se otorgará 0,090 puntos hasta un máximo de 16
puntos.
2. Por cada mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plazas
de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo de titulación que el de la plaza
convocada, se otorgarán 0,02 puntos hasta un máximo de 4 puntos.
Se acreditará la experiencia con contratos de trabajo o certificado de empresa y vida
laboral.
B. Otros méritos: (4 puntos máximos).
b.1. Formación (4 puntos máximo)
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, que hayan sido
convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración
Pública, por Administraciones Públicas u Organismos y Organizaciones dependientes
de ellas, o por organizaciones sindicales u otros agentes promotores dentro del marco
del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas,
Universidades y colegios profesionales, cuyo contenido esté directamente relacionado
con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la
que se opta, valorándose 0,010 puntos por hora formativa.
Cód.
Validación:
39Q9ZR5LLQD4NCXWXG6H44LSG
|
Verificación:
https://losardelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
4
de
9
CVE:
BOP-2023-29
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de enero de 2023
N.º 0002
Pág. 629