Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Losar de la Vera. (BOP-2023-25)
BOP-2023-25 Bases específicas para el proceso de selección, en el marco de los procesos Extraordinario de Estabilización del Empleo Temporal, en aplicación de la Ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad.
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BASES ESPECIFICAS PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
COCINERO/A
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con las funciones propias del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la
que se opta, valorándose 0,010 puntos por hora formativa.
Los cursos valorados por créditos tendrán la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Las actividades formativas realizadas de menos de 10 horas y las que no especifiquen
número de horas se valorarán con 0,005 puntos.
Sólo se valorará, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción
formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos en horas y/o créditos.
No obstante, cuando la duración de las actividades formativas venga determinada en
días, el Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad
y siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
En caso de que en las acreditaciones de las actividades formativas aportadas figuren
tanto las horas de formación como los créditos, se tendrán en cuenta éstos últimos
para su valoración, siempre y cuando dichas actividades formativas tengan diez o más
horas de duración. No se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, los
de doctorado, las prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a
jornadas, seminarios, simposios y similares.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir
al/a aspirante cualquier documentación complementaria.
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma
descrita en la convocatoria. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o no
acreditados en plazo.
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la
mayor antigüedad en el Ayuntamiento de Losar de la Vera como funcionario/a
interino/a, contratación temporal o indefinido no fijo en el desempeño del puesto de
trabajo de Cocinero/a para la Residencia Pública Municipal “Mª Ángeles Bujanda”
desde el 1 de enero de 2016 en adelante. De persistir el empate se atenderá a la
mayor antigüedad en el Ayuntamiento de Losar de la Vera como funcionario/a
interina, contratación temporal e indefinido no fijo en plazas de igual denominación y
del mismo grupo y subgrupo. Si aun así persiste el empate se atenderá a la mayor
antigüedad en otras Administraciones Públicas como funcionario/a interino/a,
contratación temporal e indefinido no fijo en el desempeño de plazas de igual
denominación y del mismo grupo o subgrupo.
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Martes, 3 de enero de 2023
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