Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Losar de la Vera. (BOP-2023-20)
BOP-2023-20 Bases generales proceso de Estabilización.
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Excmo. Ayuntamiento de LOSAR DE LA VERA (Cáceres)
Plaza la Viñuela, Nº29 C.P. 10.460 – Losar de la Vera
Tlfno: 927570284 – Fax: 927570339
E-mail: aytolosar@losardelavera.es
BASES GENERALES PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
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mediante identificación por alguno de los métodos legalmente establecidos y definidos
en la propia sede.
Además, se publicarán las convocatorias en el Boletín Oficial de la Provincia de
Cáceres, así como aquellos actos que procedan de conformidad con la normativa
reguladora. En el Tablón de Anuncios y/o sede electrónica se publicará toda la
información relativa a la convocatoria que se haya publicado en el BOP.
3.2. Instancias:
En cada convocatoria se determinará la forma de presentación de las instancias
de participación en los procesos selectivos, la aportación de la documentación, tanto la
relativa a los requisitos exigidos como la correspondiente a los méritos deberá
presentarse en el plazo máximo de 20 días naturales partir de la publicación en el
Diario Oficial correspondiente (BOE).
El Tribunal Calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Losar de
la Vera, podrán requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. Se
iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de dichos requisitos por
los/as aspirantes, con trámite de audiencia al/a interesado/a. El órgano convocante
resolverá de forma motivada lo que proceda.
En estos procesos de concurso de méritos el Tribunal podrá recabar de los/as
interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación complementaria que
se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, pudiendo expulsar
del proceso selectivo a aquellos que falseen o modifiquen dicha documentación
aportada. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la obligación de presentar la
documentación acreditativa de los méritos dentro del plazo de presentación de
solicitudes.
Deberán relacionarse los méritos en las solicitudes de participación, adjuntando
copias de los mismos, sin que sea necesaria su compulsa. La fecha límite para la
valoración de los méritos será la de publicación de las convocatorias en el BOE.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la solicitud o no acreditados
documentalmente.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/a
interesado/a.
3.3. Tasa por derechos de examen.
Se acompañará a la instancia el resguardo que justifique haber satisfecho en el
Ayuntamiento de Losar de la Vera, en la entidad bancaria UNICAJA BANCO ES11 2103
7298 0500 3000 0316 la tasa correspondiente que se determinará en cada
Cód.
Validación:
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Verificación:
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Martes, 3 de enero de 2023
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