Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2023-6784)
BOP-2023-6784 Bases generales de los procesos selectivos, convocado por la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera, en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021.
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Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Conforme se establece en la Ley 20/2021 (artículo 2.4) la articulación de estos procesos
selectivos que, en todo caso, garantizará el cumplimiento de los principios de libre
concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, podrá ser objeto de negociación en
cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado,
comunidades autónomas y entidades locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten
una coordinación entre las diferentes Administraciones Públicas en el desarrollo de los
mismos en el seno de la Comisión de Coordinación del Empleo Público.
Se establece que se garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia,
igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Así serán convocatorias abiertas para que puedan
participar en ellas todas y todos los aspirantes que cumplan los requisitos de participación
que se establecen con carácter general.
Teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de
estabilización de empleo temporal es reducir la temporalidad de los empleados públicos, a
fin de su estabilización, se considera crucial su experiencia acumulada a lo largo de toda la
trayectoria profesional en la Administración Pública y más en concreto, en esta
Corporación y en la plazas objeto de estas convocatorias. Por ello los méritos se centran
mayoritariamente en la experiencia, al haber sido esta la que al haberse prolongado en el
tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional. Se ha de considerar como aspecto
primordial que el desempeño de alguna de las plazas que serán objeto de estos procesos
especiales ha sido como consecuencia de la superación de procesos de selección.
En esta Ley se establece en la Disposición Adicional primera diversas medidas en el
ámbito local, de agilidad en los procesos de selección, estableciendo que no será de
aplicación lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Real Decreto 896/1981, de 7 de junio, por
el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
Igualmente, la Disposición Adicional cuarta, señala que las Administraciones Públicas
deberán asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución de los procesos
selectivos mediante la adopción de medidas apropiadas para el desarrollo ágil de los
procesos selectivos, tales como la reducción de plazos, la digitalización de los procesos, la
acumulación de pruebas en un mismo ejercicio u otras.
PRIMERA. Objeto.
1.1.Las presentes bases tienen por objeto regular el proceso de estabilización de empleo
temporal convocado por la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera, dentro del marco
general de ejecución de las Ofertas de Empleo Público Extraordinaria de 2021, de
estabilización de empleo temporal- 9 PLAZAS.
Las características de las plazas vacantes son las siguientes:
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
CVE:
BOP-2023-6784
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de enero de 2023
N.º 0001
Pág. 380
Conforme se establece en la Ley 20/2021 (artículo 2.4) la articulación de estos procesos
selectivos que, en todo caso, garantizará el cumplimiento de los principios de libre
concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, podrá ser objeto de negociación en
cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado,
comunidades autónomas y entidades locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten
una coordinación entre las diferentes Administraciones Públicas en el desarrollo de los
mismos en el seno de la Comisión de Coordinación del Empleo Público.
Se establece que se garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia,
igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Así serán convocatorias abiertas para que puedan
participar en ellas todas y todos los aspirantes que cumplan los requisitos de participación
que se establecen con carácter general.
Teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de
estabilización de empleo temporal es reducir la temporalidad de los empleados públicos, a
fin de su estabilización, se considera crucial su experiencia acumulada a lo largo de toda la
trayectoria profesional en la Administración Pública y más en concreto, en esta
Corporación y en la plazas objeto de estas convocatorias. Por ello los méritos se centran
mayoritariamente en la experiencia, al haber sido esta la que al haberse prolongado en el
tiempo, ha dado lugar a este proceso excepcional. Se ha de considerar como aspecto
primordial que el desempeño de alguna de las plazas que serán objeto de estos procesos
especiales ha sido como consecuencia de la superación de procesos de selección.
En esta Ley se establece en la Disposición Adicional primera diversas medidas en el
ámbito local, de agilidad en los procesos de selección, estableciendo que no será de
aplicación lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Real Decreto 896/1981, de 7 de junio, por
el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
Igualmente, la Disposición Adicional cuarta, señala que las Administraciones Públicas
deberán asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución de los procesos
selectivos mediante la adopción de medidas apropiadas para el desarrollo ágil de los
procesos selectivos, tales como la reducción de plazos, la digitalización de los procesos, la
acumulación de pruebas en un mismo ejercicio u otras.
PRIMERA. Objeto.
1.1.Las presentes bases tienen por objeto regular el proceso de estabilización de empleo
temporal convocado por la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera, dentro del marco
general de ejecución de las Ofertas de Empleo Público Extraordinaria de 2021, de
estabilización de empleo temporal- 9 PLAZAS.
Las características de las plazas vacantes son las siguientes:
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
CVE:
BOP-2023-6784
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de enero de 2023
N.º 0001
Pág. 380