Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2023-6784)
BOP-2023-6784 Bases generales de los procesos selectivos, convocado por la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera, en el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, en aplicación de la Ley 20/2021.
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Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
8.3 Cada Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y
con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los
aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se
deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se
deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su
nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal cada
relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible
nombramiento como personal laboral fijo.
8.4. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que hubieran superado cada
proceso selectivo dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los
términos indicados en la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán
nombrados laborales fijos de Plantilla, mediante Resolución del órgano competente, que
se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres».
NOVENA.-Presentación de documentación.
9.1 En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se
hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la
Provincia, los/as aspirantes propuestos/as aportarán los documentos que a continuación se
relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad
en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o sus descendientes o los descendientes del cónyuge, de españoles o
nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos
expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y
una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con
el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a cargo.
c) Original del título exigido en las presentes Bases, o certificación académica que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la
expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ,ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado Los/as nacionales de otros
Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
CVE:
BOP-2023-6784
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de enero de 2023
N.º 0001
Pág. 395
8.3 Cada Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y
con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los
aspirantes seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se
deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se
deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su
nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del Tribunal cada
relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible
nombramiento como personal laboral fijo.
8.4. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que hubieran superado cada
proceso selectivo dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los
términos indicados en la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán
nombrados laborales fijos de Plantilla, mediante Resolución del órgano competente, que
se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres».
NOVENA.-Presentación de documentación.
9.1 En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se
hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de la
Provincia, los/as aspirantes propuestos/as aportarán los documentos que a continuación se
relacionan:
a) Original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad
en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de
cónyuges, o sus descendientes o los descendientes del cónyuge, de españoles o
nacionales de países miembros de la Unión Europea deberán presentar los documentos
expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y
una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con
el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su
caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a cargo.
c) Original del título exigido en las presentes Bases, o certificación académica que
acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la
expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
aportar la documentación acreditativa de su homologación o convalidación.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ,ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por
resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de
funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado Los/as nacionales de otros
Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
CVE:
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Lunes, 2 de enero de 2023
N.º 0001
Pág. 395