Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mata de Alcántara. (BOP-2023-6755)
BOP-2023-6755 Convocatoria para la provisión de 1 plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local por concurso, proceso especial de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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AYUNTAMIENTO DE MATA DE ALCANTARA (Cáceres)
C.I.F.: P-1012100-B Plaza de España, 1
C.P. 10970 Mata de Alcántara (Cáceres)
Telf. (927) 37 10 32.Fax.(927) 37 11 34
las contrataciones y ocupar las plazas en el plazo máximo de un mes a contar del siguiente al
que les sea notificado haber superado el proceso selectivo.
Los aspirantes propuestos, presentarán al Ayuntamiento de Mata de Alcántara, en el plazo de
diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de
seleccionados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de
que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria en la base
segunda. y en concreto:
a) Fotocopia del DNI junto al original para su compulsa.
b) Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredite haber
finalizado todos los estudios para su finalización, junto al original para su compulsa.
c) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le
imposibiliten para el ejercicio de las funciones propias de la plaza a la que opta. Los aspirantes
propuestos que ostenten la condición de empleados públicos en activo, estarán exentos de
justificar documentalmente este apartado.
UNDÉCIMA. - Recursos
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la actuación de ésta y
de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la
forma determinada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Recurso administrativo de reposición, ante el órgano
autor del acto, en el plazo de un mes y recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo de Cáceres en el plazo de dos meses.
Las resoluciones de los Tribunales de selección vinculan a las Administraciones Públicas, sin
perjuicio de que éstas, en su caso, puedan proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los
artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Frente a estas bases, los interesados podrán interponer potestativa y alternativamente los
siguientes recursos:
Cód.
Validación:
7S37D4SMDA9JFSTSWH22PFQKR
|
Verificación:
https://matadealcantara.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
15
de
21
CVE:
BOP-2023-6755
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de enero de 2023
N.º 0001
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