Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de Montánchez. (BOP-2022-6743)
BOP-2022-6743 Convocatoria de selección de personal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Los servicios prestados en las Administraciones Públicas se acreditarán mediante
certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que
hubiera prestado los servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
‐ Denominación del puesto de trabajo y titulación requerida para el acceso al
puesto.
‐ Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla).
‐ Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
‐ Fecha de inicio y de fin de cada uno de los períodos de servicios prestados.
‐ Total de días de servicios prestados y régimen de jornada.
Dicha certificación deberá ir acompañada de informe de vida laboral expedido por
la Tesorería General de la Seguridad Social como documento complementario de
acreditación, sin que por sí sola sirva para valorar los méritos aducidos.
Los servicios prestados en el Sector Privado se acreditarán mediante informe de
vida laboral y contratos de trabajo que correspondan a dichos servicios prestados.
En caso de haberse realizado estos servicios por cuenta propia, junto a la vida
laboral se aportará documentación que acredite que el participante ha realizado
esos servicios; el Tribunal Calificador podrá requerir a los participantes
documentación complementaria para acreditar los servicios realizados por cuenta
propia, como puede ser el alta como trabajador autónomo, facturas de compra de
maquinaria, accesorios y repuestos, facturas correspondientes a trabajos
realizados, etc.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello se calculará
el número de días de cada período de servicios prestados y se sumarán todos, para
hallar el número total de días; este resultado se dividirá entre 30.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción
de jornada por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como
servicios prestados en régimen de jornada completa.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como la permanencia en situación de
servicios especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente
prestados en la categoría a los efectos de este baremo.
CVE:
BOP-2022-6743
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 35801
Los servicios prestados en las Administraciones Públicas se acreditarán mediante
certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que
hubiera prestado los servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
‐ Denominación del puesto de trabajo y titulación requerida para el acceso al
puesto.
‐ Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla).
‐ Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
‐ Fecha de inicio y de fin de cada uno de los períodos de servicios prestados.
‐ Total de días de servicios prestados y régimen de jornada.
Dicha certificación deberá ir acompañada de informe de vida laboral expedido por
la Tesorería General de la Seguridad Social como documento complementario de
acreditación, sin que por sí sola sirva para valorar los méritos aducidos.
Los servicios prestados en el Sector Privado se acreditarán mediante informe de
vida laboral y contratos de trabajo que correspondan a dichos servicios prestados.
En caso de haberse realizado estos servicios por cuenta propia, junto a la vida
laboral se aportará documentación que acredite que el participante ha realizado
esos servicios; el Tribunal Calificador podrá requerir a los participantes
documentación complementaria para acreditar los servicios realizados por cuenta
propia, como puede ser el alta como trabajador autónomo, facturas de compra de
maquinaria, accesorios y repuestos, facturas correspondientes a trabajos
realizados, etc.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para ello se calculará
el número de días de cada período de servicios prestados y se sumarán todos, para
hallar el número total de días; este resultado se dividirá entre 30.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción
de jornada por alguna de las causas legalmente previstas, serán valorados como
servicios prestados en régimen de jornada completa.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como la permanencia en situación de
servicios especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente
prestados en la categoría a los efectos de este baremo.
CVE:
BOP-2022-6743
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 35801