Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Caminomorisco. (BOP-2022-6735)
BOP-2022-6735 Aprobación Bases Estabilización Empleo Temporal
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE CAMINOMORISCO
(CÁCERES)
Original del título exigido en las presentes Bases, o certificación académica que acredite
haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas ,ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la
escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o
inhabilitado Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
Documentación acreditativa de los originales de los méritos alegados y valorados en la
convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran
incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrá ser nombrados funcionarios/as de
carrera o personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
DÉCIMA.-Bolsas de trabajo temporal.
Finalizado el proceso de estabilización derivado del artículo 2 de la Ley 20/2021 se cons-
tituirá una Lista de Espera Específica.
El orden de prelación de los aspirantes de esta lista de espera específica se establecerá
aplicando los siguientes criterios:
1º Mayor puntuación en la suma de los méritos aportados.
2º En caso de empate se resolverá por orden alfabético, atendiendo a la letra inicial del primer
apellido que resulte del sorteo público que determina el orden de prelación de los/as
aspirantes en las listas de espera derivadas de pruebas selectivas que se convoca la Junta de
Extremadura, que esté en vigor al tiempo de las convocatorias del Ayuntamiento de
Caminomorisco. De persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial
del segundo apellido y de seguir persistiendo por la del nombre.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 del citado Decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, la prioridad de las listas de espera será la siguiente:
______________________________________________________________________________________________
Plaza Libertad, 1 10.620 CAMINOMORISCO (Cáceres) Tf.: 927.435.193
Email: ayuntamiento@caminomorisco.es
CVE:
BOP-2022-6735
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33379
(CÁCERES)
Original del título exigido en las presentes Bases, o certificación académica que acredite
haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la documentación
acreditativa de su homologación o convalidación.
Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas ,ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la
escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o
inhabilitado Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse
inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.
Documentación acreditativa de los originales de los méritos alegados y valorados en la
convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la
misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran
incurrido en falsedad en relación con los mismos, no podrá ser nombrados funcionarios/as de
carrera o personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
DÉCIMA.-Bolsas de trabajo temporal.
Finalizado el proceso de estabilización derivado del artículo 2 de la Ley 20/2021 se cons-
tituirá una Lista de Espera Específica.
El orden de prelación de los aspirantes de esta lista de espera específica se establecerá
aplicando los siguientes criterios:
1º Mayor puntuación en la suma de los méritos aportados.
2º En caso de empate se resolverá por orden alfabético, atendiendo a la letra inicial del primer
apellido que resulte del sorteo público que determina el orden de prelación de los/as
aspirantes en las listas de espera derivadas de pruebas selectivas que se convoca la Junta de
Extremadura, que esté en vigor al tiempo de las convocatorias del Ayuntamiento de
Caminomorisco. De persistir el empate, se aplicará la letra del citado sorteo a la letra inicial
del segundo apellido y de seguir persistiendo por la del nombre.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 del citado Decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, la prioridad de las listas de espera será la siguiente:
______________________________________________________________________________________________
Plaza Libertad, 1 10.620 CAMINOMORISCO (Cáceres) Tf.: 927.435.193
Email: ayuntamiento@caminomorisco.es
CVE:
BOP-2022-6735
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 33379