Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Valle del Alagón. (BOP-2022-6710)
BOP-2022-6710 Convocatoria y bases proceso estabilización. Concurso.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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d) No haber sido separada/o mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las
funciones públicas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 56 del citado Estatuto
Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro estado, no hallarse
inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener del título requerido para cada plaza de
conformidad con lo establecido en el Anexo I de las presentes bases, según lo previsto
en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial
que acredite su homologación o equivalencia, en su caso.
f) No ostentar la condición de personal laboral fijo o funcionario/a de carrera de la
categoría objeto de la convocatoria.
g) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que
se refiere la base cuarta.
h) En el caso de la/s plazas reservadas a personas con discapacidad, el/la aspirante
deberá acreditar una grado de discapacidad física igual o superior al 33%.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y
durante el período de adquisición de la condición de empleada/o pública/o.
Reserva de plazas a personas con discapacidad física.
En virtud de lo establecido en el artículo 59 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y
artículo 6º del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas
con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas
favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad. Se reservará un
cupo no inferior al 4 por ciento de las vacantes ofertadas para ser cubiertas entre personas que
acrediten poseer una discapacidad física de grado igual o superior al treinta y tres por ciento.
La opción a turno de reserva deberá hacerse constar en la solicitud de participación por el
interesado, atendiendo a lo dispuesto en la Base Cuarta del presente documento.
CVE:
BOP-2022-6710
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitada/o para el ejercicio de las
funciones públicas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 56 del citado Estatuto
Básico del Empleado Público. En caso de ser nacional de otro estado, no hallarse
inhabilitada/o o en situación equivalente ni haber sido sometida/o a sanción disciplinaria
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
e) Estar en posesión o en condiciones de obtener del título requerido para cada plaza de
conformidad con lo establecido en el Anexo I de las presentes bases, según lo previsto
en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial
que acredite su homologación o equivalencia, en su caso.
f) No ostentar la condición de personal laboral fijo o funcionario/a de carrera de la
categoría objeto de la convocatoria.
g) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que
se refiere la base cuarta.
h) En el caso de la/s plazas reservadas a personas con discapacidad, el/la aspirante
deberá acreditar una grado de discapacidad física igual o superior al 33%.
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo, y
durante el período de adquisición de la condición de empleada/o pública/o.
Reserva de plazas a personas con discapacidad física.
En virtud de lo establecido en el artículo 59 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y
artículo 6º del Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas
con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas
favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad. Se reservará un
cupo no inferior al 4 por ciento de las vacantes ofertadas para ser cubiertas entre personas que
acrediten poseer una discapacidad física de grado igual o superior al treinta y tres por ciento.
La opción a turno de reserva deberá hacerse constar en la solicitud de participación por el
interesado, atendiendo a lo dispuesto en la Base Cuarta del presente documento.
CVE:
BOP-2022-6710
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