Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Comarca de Las Hurdes. (BOP-2022-6707)
BOP-2022-6707 Aprobación Bases de la Convocatoria Estabilización del Empleo Temporal.
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Mancomunidad Integral Comarca de Las Hurdes
BASES GENERALES DEL PROCESO SELECTIVO, CONVOCADO POR LA
MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS COMARCA DE LAS HURDES,
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS EXTRAORDINARIOS DE ESTABILIZACIÓN
DEL EMPLEO TEMPORAL, EN APLICACIÓN DE LA LEY 20/2021, PARA LA
REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS,
DISTINTAS PLAZAS QUE SE DESCRIBEN EN LAS PRESENTES BASES
EXPOSICION
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público, regula procesos especiales de estabilización de empleo
temporal con la finalidad de reducir la temporalidad en el empleo público y situarlo debajo del
8 por ciento en el conjunto de las Administraciones Públicas.
En la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se autoriza una Oferta de Empleo Público especial que
no consume tasa de reposición, para incluir en ella aquellas plazas de naturaleza estructural
que hayan estado ocupadas de forma temporal ininterrumpidamente en los tres años anteriores
a 31 de diciembre de 2020, por un lado, que serán convocadas mediante el procedimiento de
concurso-oposición, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, y por otro lado
aquellas plazas ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente con anterioridad a 1 de
enero de 2016, conforme a la disposición adicional sexta. Además, se han de incluir aquellas
plazas de carácter estructural ocupadas con anterioridad a 1 de enero de 2016, reguladas en la
disposición adicional octava. Estas últimas convocatorias deberán ser reguladas a través del
procedimiento de concurso.
Aprobada la oferta de empleo público especial de consolidación de empleo temporal mediante
Resolución de Alcaldía de 27 de mayo de 2022, publicada en el BOP nº 102 de fecha 31 de
mayo de 2022.
Conforme se establece en la Ley 20/2021 (artículo 2.4) la articulación de estos procesos
selectivos que, en todo caso, garantizará el cumplimiento de los principios de libre
concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, podrá ser objeto de negociación en
cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, comunidades
autónomas y entidades locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación
entre las diferentes Administraciones Públicas en el desarrollo de los mismos en el seno de la
Comisión de Coordinación del Empleo Público.
Se establece que se garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia,
igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Así serán convocatorias abiertas para que puedan
participar en ellas todas y todos los aspirantes que cumplan los requisitos de participación que
se establecen con carácter general.
Teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de
estabilización de empleo temporal es reducir la temporalidad de los empleados públicos, a fin
Mancomunidad Integral Comarca de Las Hurdes
Río s/n, Vegas de Coria. 10623 (Cáceres). Tfno. 927434123. email:administración@mancomuidadhurdes.org
Cód.
Validación:
3NZMSFQ4KNF5E24MC6G2SCDEF
|
Verificación:
https://mancomunidadhurdes.sedelectronica.es/
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electrónicamente
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BOP-2022-6707
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 35501
BASES GENERALES DEL PROCESO SELECTIVO, CONVOCADO POR LA
MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS COMARCA DE LAS HURDES,
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS EXTRAORDINARIOS DE ESTABILIZACIÓN
DEL EMPLEO TEMPORAL, EN APLICACIÓN DE LA LEY 20/2021, PARA LA
REDUCCIÓN DE LA TEMPORALIDAD MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS,
DISTINTAS PLAZAS QUE SE DESCRIBEN EN LAS PRESENTES BASES
EXPOSICION
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público, regula procesos especiales de estabilización de empleo
temporal con la finalidad de reducir la temporalidad en el empleo público y situarlo debajo del
8 por ciento en el conjunto de las Administraciones Públicas.
En la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se autoriza una Oferta de Empleo Público especial que
no consume tasa de reposición, para incluir en ella aquellas plazas de naturaleza estructural
que hayan estado ocupadas de forma temporal ininterrumpidamente en los tres años anteriores
a 31 de diciembre de 2020, por un lado, que serán convocadas mediante el procedimiento de
concurso-oposición, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley, y por otro lado
aquellas plazas ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente con anterioridad a 1 de
enero de 2016, conforme a la disposición adicional sexta. Además, se han de incluir aquellas
plazas de carácter estructural ocupadas con anterioridad a 1 de enero de 2016, reguladas en la
disposición adicional octava. Estas últimas convocatorias deberán ser reguladas a través del
procedimiento de concurso.
Aprobada la oferta de empleo público especial de consolidación de empleo temporal mediante
Resolución de Alcaldía de 27 de mayo de 2022, publicada en el BOP nº 102 de fecha 31 de
mayo de 2022.
Conforme se establece en la Ley 20/2021 (artículo 2.4) la articulación de estos procesos
selectivos que, en todo caso, garantizará el cumplimiento de los principios de libre
concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, podrá ser objeto de negociación en
cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración General del Estado, comunidades
autónomas y entidades locales, pudiendo articularse medidas que posibiliten una coordinación
entre las diferentes Administraciones Públicas en el desarrollo de los mismos en el seno de la
Comisión de Coordinación del Empleo Público.
Se establece que se garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia,
igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Así serán convocatorias abiertas para que puedan
participar en ellas todas y todos los aspirantes que cumplan los requisitos de participación que
se establecen con carácter general.
Teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de carácter excepcional de
estabilización de empleo temporal es reducir la temporalidad de los empleados públicos, a fin
Mancomunidad Integral Comarca de Las Hurdes
Río s/n, Vegas de Coria. 10623 (Cáceres). Tfno. 927434123. email:administración@mancomuidadhurdes.org
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N.º 0248
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