Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad del Tamuja. (BOP-2022-6706)
BOP-2022-6706 Aprobación de la convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo.
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MancomunidaddelTAMUJA(Cáceres)
C.I.F.:P1000037J • Plaza España, 1 • Teléfono (927) 31 35 52 • Fax (927) 31 36 46
C.P. 10271 • PLASENZUELA
En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la
mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido/a
no fijo/a en el desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto
de cada convocatoria desde el 1 de enero de 2016 en adelante en la Mancomunidad del
Tamuja. De persistir el empate se atenderá a la mayor antigüedad en la Mancomunidad
del Tamuja, como funcionario/a interina, contratación temporal e indefinido/a no fijo/a
en plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo. Si aún así persiste el
empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras Administraciones Públicas como
funcionario/a interino/a, contratación temporal e indefinido/a no fijo/a en el desempeño
de plazas de igual denominación y del mismo grupo o subgrupo.
OCTAVA. Proceso selectivo.
8.1. El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024
y una vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres la relación de aprobados/as, por el orden de
puntuación alcanzado.
8.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La
motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición
de recurso de alzada ante el órgano que nombró al Tribunal.
8.3. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal
haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas
convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan
renuncias de los/as aspirantes seleccionados/as o cuando de la documentación aportada
por los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por
circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno/a
de los/as aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano
competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los/as aspirantes
que sigan a los/as propuestos/as para su posible nombramiento como funcionarios/as de
carrera.
8.4. Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos que lo hubieran
superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los
términos indicados en la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán
nombrados/as funcionarios/as de carrera mediante Resolución del órgano competente,
que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con indicación del
destino adjudicado.
CVE:
BOP-2022-6706
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 35496
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En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a la
mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o indefinido/a
no fijo/a en el desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las plazas objeto
de cada convocatoria desde el 1 de enero de 2016 en adelante en la Mancomunidad del
Tamuja. De persistir el empate se atenderá a la mayor antigüedad en la Mancomunidad
del Tamuja, como funcionario/a interina, contratación temporal e indefinido/a no fijo/a
en plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo. Si aún así persiste el
empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras Administraciones Públicas como
funcionario/a interino/a, contratación temporal e indefinido/a no fijo/a en el desempeño
de plazas de igual denominación y del mismo grupo o subgrupo.
OCTAVA. Proceso selectivo.
8.1. El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de 2024
y una vez finalizado, el Tribunal elevará al órgano convocante para su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres la relación de aprobados/as, por el orden de
puntuación alcanzado.
8.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La
motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de la interposición
de recurso de alzada ante el órgano que nombró al Tribunal.
8.3. El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal
haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas
convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan
renuncias de los/as aspirantes seleccionados/as o cuando de la documentación aportada
por los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por
circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno/a
de los/as aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano
competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los/as aspirantes
que sigan a los/as propuestos/as para su posible nombramiento como funcionarios/as de
carrera.
8.4. Concluido el proceso selectivo, los/as aspirantes propuestos que lo hubieran
superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los
términos indicados en la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán
nombrados/as funcionarios/as de carrera mediante Resolución del órgano competente,
que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres», con indicación del
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CVE:
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Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0248
Pág. 35496