Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de Azabal (E.L.M.). (BOP-2022-6700)
BOP-2022-6700 Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Entidad Local Menor Azabal
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Entidad Local Menor Azabal – P1000023J
Calle Eras, 25, Azabal. 10649 (Cáceres). Tfno. 927436073. Fax: 927436073
El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita
en cada convocatoria específica. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o
no acreditados en plazo.
Los méritos relativos a los servicios prestados en la misma administración
deberán alegarse con indicación de los periodos de prestación de servicios, lo que
será comprobado por el Departamento de Personal.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante
copia auténtica del certificado expedido por el órgano correspondiente.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán
mediante copia auténtica de la titulación correspondiente.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de
la copia auténtica de la titulación correspondiente
En caso de empate en la fase de concurso, se atenderá a la mayor
antigüedad en la ELM de Azabal como funcionario/a interino/a, contratación
temporal e indefinido no fijo en plazas de igual denominación que las que se
convocan y del mismo grupo o subgrupo. Si aun así persiste el empate se atenderá a
la mayor antigüedad en otras Administraciones Públicas como funcionario/a interino/a,
contratación temporal e indefinido no fijo en el desempeño de plazas de igual
denominación y del mismo grupo o subgrupo.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso
selectivo, que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y
que hayan sido objeto de valoración.
Asimismo, el tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o,
en su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la
comprobación de los requisitos y méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso
selectivo a los aspirantes que falseen o modifiquen dicha documentación aportada.
Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la obligación de presentar la
documentación acreditativa de los méritos dentro del plazo previsto.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/a
interesado/a.
Cód.
Validación:
7WZ3HSYGG3QY3Q7PDH277N4LF
|
Verificación:
https://azabal.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2022-6700
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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El Tribunal no valorará los méritos que no estén acreditados en la forma descrita
en cada convocatoria específica. En ningún caso se valorarán méritos no alegados o
no acreditados en plazo.
Los méritos relativos a los servicios prestados en la misma administración
deberán alegarse con indicación de los periodos de prestación de servicios, lo que
será comprobado por el Departamento de Personal.
Los servicios prestados en otras administraciones se acreditarán mediante
copia auténtica del certificado expedido por el órgano correspondiente.
Los méritos por cursos de formación y especialización realizados se acreditarán
mediante copia auténtica de la titulación correspondiente.
Los méritos por títulos académicos se acreditarán mediante la presentación de
la copia auténtica de la titulación correspondiente
En caso de empate en la fase de concurso, se atenderá a la mayor
antigüedad en la ELM de Azabal como funcionario/a interino/a, contratación
temporal e indefinido no fijo en plazas de igual denominación que las que se
convocan y del mismo grupo o subgrupo. Si aun así persiste el empate se atenderá a
la mayor antigüedad en otras Administraciones Públicas como funcionario/a interino/a,
contratación temporal e indefinido no fijo en el desempeño de plazas de igual
denominación y del mismo grupo o subgrupo.
El Tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del proceso
selectivo, que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y
que hayan sido objeto de valoración.
Asimismo, el tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o,
en su caso, la documentación complementaria que se estime necesaria para la
comprobación de los requisitos y méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso
selectivo a los aspirantes que falseen o modifiquen dicha documentación aportada.
Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la obligación de presentar la
documentación acreditativa de los méritos dentro del plazo previsto.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/a
interesado/a.
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