Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Sierra de Fuentes. (BOP-2022-6672)
BOP-2022-6672 Bases estabilización empleo público.
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1. El plazo para la presentación de solicitudes será de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente
a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Junto con la instancia, que deberá
ser rellenada conforme al Anexo II, deberá acompañar la siguiente documentación a fin de acreditar los requisitos
exigidos en las bases de la convocatoria:
- D.N.I., N.I.E. o pasaporte en vigor.
- Titulación académica exigida.
- Declaración responsable conforme al modelo que figura como Anexo III de estas bases.
- En su caso, Certificado de no existencia de Delitos de Naturaleza Sexual (para las plazas que se indique en el Anexo
I).
- En su caso, permiso de conducir C (para las plazas que se indique en el Anexo I).
− Documentación acreditativa de los méritos alegados por el solicitante y que desee les sean valorados conforme a
lo dispuesto en la Base Novena. (Aquellos méritos que no se documenten en el plazo de presentación de
instancias, no podrán ser tomados en consideración).
− Informe de vida laboral actualizado a la fecha de la presente convocatoria.
2. Los documentos se presentarán en originales o copia auténtica.
3. Los interesados deberán señalar el domicilio a efectos de notificaciones y teléfono para recibir comunicación. El
domicilio que figure en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificación, siendo responsabilidad
exclusiva del solicitante los errores en la consignación del mismo.
4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldesa-Presidente dictará Resolución aprobando la lista
provisional de admitidos y excluidos, cuyo anuncio será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres,
en la sede electrónica municipal https://sierradefuentes.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento de Sierra de Fuentes, y se concederá a los interesados un plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES para la
subsanación de errores o para la presentación de reclamaciones.
En el caso de los aspirantes excluidos que no presenten reclamaciones o no subsanen los errores que les impiden acreditar
el cumplimiento de los requisitos exigidos en la base cuarta de la convocatoria en el plazo establecido, se les tendrá por
desistidos de su derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
CVE:
BOP-2022-6672
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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