Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2022-6667)
BOP-2022-6667 Convocatoria para la provisión de una plaza de Operario/a Servicios Múltiples. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Romangordo (Cáceres)
Plaza de España, 1, Romangordo. 10359. Cáceres. Tfno. 927576581. Fax. 927576525
AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO (CÁCERES)
C. I. F. P-1016300-D Plaza de España, 1. 10.359–Tfn.927576581-Fax 927576525- romangordo@campoaranuelo.org
presentación de instancias, no siendo posible la subsanación total o parcial del pago de las
tasas fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de subsanación, la
acreditación de su realización en el plazo indicado.
En ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, con arreglo a lo establecido en las bases.
Cuando por causas no imputables al solicitante, la actividad técnica y/o administrativa que
constituye el hecho imponible de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe
correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los
supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.
La falta de abono de los derechos de examen determinará la exclusión de la persona aspirante.
5) Hoja de auto baremo según modelo del Anexo I, acompañada de copia de la documentación
acreditativa de los méritos alegados en el concurso.
La no presentación de la documentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la
exclusión del aspirante del proceso selectivo, salvo que únicamente se trate de la
documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se valoren en la fase de
concurso, en cuyo caso el aspirante podrá ser admitido, pero será valorado con cero puntos en
la valoración de méritos.
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto subsanable se requerirá a la persona
interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, será excluida de la lista de
admitidos/as. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición de la persona interesada.
BASE NOVENA. EMBARAZO DE RIESGO, PARTO O PUERPERIO
Si a causa de embarazo de riesgo, parto o puerperio, debidamente acreditados, alguna de las
aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio, su situación
quedará condicionada a la finalización del proceso y la finalización de las fases que hubieran
quedado aplazadas, sin que estas puedan demorarse de manera que se menoscabe el
derecho de los demás aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables,
lo que deberá ser valorado por el tribunal y, en todo caso, su realización tendrá lugar antes de
la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
BASE DÉCIMA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Transcurrido el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y
excluidos en cada uno de ellos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres, Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal y página web
del Ayuntamiento, contendrá, como anexo, la relación nominal de aspirantes excluidos
provisionalmente, con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los
de nacionalidad extranjera, y con indicación de las causas de exclusión, así como el lugar en
que se encuentran expuestas al público las listas de personas admitidas y excluidas.
Asimismo, en la citada resolución, se hará pública la designación de los miembros titulares y
suplentes que componen el Tribunal Calificador.
A efectos de la admisión de aspirantes, se entenderán como no subsanables:
— La presentación de la solicitud fuera de plazo.
— El incumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo.
— La falta de pago en plazo de la tasa por derechos de examen.
Cód.
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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