Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2022-6664)
BOP-2022-6664 Convocatoria para la provisión de una plaza de Monitor/a-Dinamizador/a Sociocultural. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Romangordo (Cáceres)
Plaza de España, 1, Romangordo. 10359. Cáceres. Tfno. 927576581. Fax. 927576525
AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO (CÁCERES)
C. I. F. P-1016300-D Plaza de España, 1. 10.359–Tfn.927576581-Fax 927576525- romangordo@campoaranuelo.org
2) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin
perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
3) Fotocopia de la titulación exigida, indicada en la Base quinta y sin perjuicio de la obligación
futura de la presentación del original o fotocopia compulsada. Equivaldrá al título un certificado
acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo, emitido por el organismo
público competente junto con el justificante de liquidación del pago de las tasas académicas
por su expedición, sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia
compulsada.
4) Fotocopia del justificante acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los
derechos de examen que ascienden a 25,00 euros mediante ingreso o transferencia bancaria a
la cuenta corriente de titularidad del Ayuntamiento de Romangordo: ES57 2103 7102 4600 3001
8919, debiendo consignar el nombre del aspirante que realiza el ingreso y el concepto
“Estabilización Monitor Dinamizador Sociocultural”.
El cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente, dentro del plazo de
presentación de instancias, no siendo posible la subsanación total o parcial del pago de las
tasas fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de subsanación, la
acreditación de su realización en el plazo indicado.
En ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, con arreglo a lo establecido en las bases.
Cuando por causas no imputables al solicitante, la actividad técnica y/o administrativa que
constituye el hecho imponible de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe
correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los
supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.
La falta de abono de los derechos de examen determinará la exclusión de la persona aspirante.
5) Hoja de auto baremo según modelo del Anexo I, acompañada de copia de la
documentación acreditativa de los méritos alegados en el concurso.
La no presentación de la documentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la
exclusión del aspirante del proceso selectivo, salvo que únicamente se trate de la
documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se valoren en la fase de
concurso, en cuyo caso el aspirante podrá ser admitido, pero será valorado con cero puntos en
la valoración de méritos.
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto subsanable se requerirá a la persona
interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, será excluida de la lista de
admitidos/as. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición de la persona interesada.
BASE NOVENA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Transcurrido el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y
excluidos en cada uno de ellos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres, Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal y página web
del Ayuntamiento, contendrá, como anexo, la relación nominal de aspirantes excluidos
Cód.
Validación:
5H5TW34Z99XRFYY2KG77TMM6Q
|
Verificación:
https://romangordo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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de
18
CVE:
BOP-2022-6664
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34840
Plaza de España, 1, Romangordo. 10359. Cáceres. Tfno. 927576581. Fax. 927576525
AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO (CÁCERES)
C. I. F. P-1016300-D Plaza de España, 1. 10.359–Tfn.927576581-Fax 927576525- romangordo@campoaranuelo.org
2) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte, siempre en vigor, y sin
perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia compulsada.
3) Fotocopia de la titulación exigida, indicada en la Base quinta y sin perjuicio de la obligación
futura de la presentación del original o fotocopia compulsada. Equivaldrá al título un certificado
acreditativo de reunir los requisitos para la expedición del mismo, emitido por el organismo
público competente junto con el justificante de liquidación del pago de las tasas académicas
por su expedición, sin perjuicio de la obligación futura de presentación del original o fotocopia
compulsada.
4) Fotocopia del justificante acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los
derechos de examen que ascienden a 25,00 euros mediante ingreso o transferencia bancaria a
la cuenta corriente de titularidad del Ayuntamiento de Romangordo: ES57 2103 7102 4600 3001
8919, debiendo consignar el nombre del aspirante que realiza el ingreso y el concepto
“Estabilización Monitor Dinamizador Sociocultural”.
El cumplimiento de este requisito deberá realizarse inexcusablemente, dentro del plazo de
presentación de instancias, no siendo posible la subsanación total o parcial del pago de las
tasas fuera de dicho plazo, admitiéndose exclusivamente en fase de subsanación, la
acreditación de su realización en el plazo indicado.
En ningún caso el pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud, con arreglo a lo establecido en las bases.
Cuando por causas no imputables al solicitante, la actividad técnica y/o administrativa que
constituye el hecho imponible de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe
correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los
supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.
La falta de abono de los derechos de examen determinará la exclusión de la persona aspirante.
5) Hoja de auto baremo según modelo del Anexo I, acompañada de copia de la
documentación acreditativa de los méritos alegados en el concurso.
La no presentación de la documentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la
exclusión del aspirante del proceso selectivo, salvo que únicamente se trate de la
documentación acreditativa de los méritos que el candidato desee que se valoren en la fase de
concurso, en cuyo caso el aspirante podrá ser admitido, pero será valorado con cero puntos en
la valoración de méritos.
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto subsanable se requerirá a la persona
interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, será excluida de la lista de
admitidos/as. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición de la persona interesada.
BASE NOVENA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Transcurrido el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y
excluidos en cada uno de ellos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres, Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal y página web
del Ayuntamiento, contendrá, como anexo, la relación nominal de aspirantes excluidos
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Pág. 34840