Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2022-6659)
BOP-2022-6659 Convocatoria para la provisión de una plaza de Director/a Supervisor/a de Residencia de Mayores. Proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Romangordo (Cáceres)
Plaza de España, 1, Romangordo. 10359. Cáceres. Tfno. 927576581. Fax. 927576525
AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO (CÁCERES)
C. I. F. P-1016300-D Plaza de España, 1. 10.359–Tfn.927576581-Fax 927576525- romangordo@campoaranuelo.org
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto subsanable se requerirá a la persona
interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, será excluida de la lista de
admitidos/as. Los
errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o
a petición de la persona interesada.
BASE NOVENA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Transcurrido el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y
excluidos en cada uno de ellos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres, Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal y página web
del Ayuntamiento, contendrá, como anexo, la relación nominal de aspirantes excluidos
provisionalmente, con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los
de nacionalidad extranjera, y con indicación de las causas de exclusión, así como el lugar en
que se encuentran expuestas al público las listas de personas admitidas y excluidas.
Asimismo, en la citada resolución, se hará pública la designación de los miembros titulares y
suplentes que componen el Tribunal Calificador.
A efectos de la admisión de aspirantes, se entenderán como no subsanables:
— La presentación de la solicitud fuera de plazo.
— El incumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo.
— La falta de pago en plazo de la tasa por derechos de examen.
Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional
de admitidos ni en la de excluidos del proceso selectivo extraordinario, dispondrán de un plazo
único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de dicha resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, a fin de subsanar el
defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Es necesario en aras a la simplificación y no obstaculización del trabajo interno del Servicio de
Personal, que la persona aspirante subsane de la misma manera y a través del mismo cauce
utilizado para presentar su solicitud de participación en el proceso selectivo.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser
admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. Asimismo, aquellos aspirantes
que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo
en el plazo señalado.
En caso de no existir reclamaciones, se entenderá elevada la relación provisional de admitidos
y excluidos, automáticamente a definitiva.
Transcurrido el plazo establecido para la subsanación, se dictará Resolución, que se publicará
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en el Tablón de Anuncios de la sede
electrónica municipal, declarando aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y
excluidas.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas
interesadas en el procedimiento, sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales,
sirviendo su publicación como notificación a quienes hayan efectuado alegaciones.
En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de reunirse el
Tribunal Calificador para baremar los méritos aportados por los aspirantes.
Cód.
Validación:
9P9MQGFP7TYYAMRYGPCJAD5EJ
|
Verificación:
https://romangordo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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de
17
CVE:
BOP-2022-6659
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34750
Plaza de España, 1, Romangordo. 10359. Cáceres. Tfno. 927576581. Fax. 927576525
AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO (CÁCERES)
C. I. F. P-1016300-D Plaza de España, 1. 10.359–Tfn.927576581-Fax 927576525- romangordo@campoaranuelo.org
Si alguna instancia adoleciese de algún defecto subsanable se requerirá a la persona
interesada para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, será excluida de la lista de
admitidos/as. Los
errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o
a petición de la persona interesada.
BASE NOVENA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
Transcurrido el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y
excluidos en cada uno de ellos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres, Tablón de Anuncios de la sede electrónica municipal y página web
del Ayuntamiento, contendrá, como anexo, la relación nominal de aspirantes excluidos
provisionalmente, con su correspondiente documento nacional de identidad o análogo para los
de nacionalidad extranjera, y con indicación de las causas de exclusión, así como el lugar en
que se encuentran expuestas al público las listas de personas admitidas y excluidas.
Asimismo, en la citada resolución, se hará pública la designación de los miembros titulares y
suplentes que componen el Tribunal Calificador.
A efectos de la admisión de aspirantes, se entenderán como no subsanables:
— La presentación de la solicitud fuera de plazo.
— El incumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo.
— La falta de pago en plazo de la tasa por derechos de examen.
Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación provisional
de admitidos ni en la de excluidos del proceso selectivo extraordinario, dispondrán de un plazo
único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de dicha resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, a fin de subsanar el
defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa.
Es necesario en aras a la simplificación y no obstaculización del trabajo interno del Servicio de
Personal, que la persona aspirante subsane de la misma manera y a través del mismo cauce
utilizado para presentar su solicitud de participación en el proceso selectivo.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a ser
admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. Asimismo, aquellos aspirantes
que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo
en el plazo señalado.
En caso de no existir reclamaciones, se entenderá elevada la relación provisional de admitidos
y excluidos, automáticamente a definitiva.
Transcurrido el plazo establecido para la subsanación, se dictará Resolución, que se publicará
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en el Tablón de Anuncios de la sede
electrónica municipal, declarando aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y
excluidas.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas
interesadas en el procedimiento, sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales,
sirviendo su publicación como notificación a quienes hayan efectuado alegaciones.
En la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de reunirse el
Tribunal Calificador para baremar los méritos aportados por los aspirantes.
Cód.
Validación:
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Pág. 34750