Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pinofranqueado. (BOP-2022-6650)
BOP-2022-6650 Bases convocatoria del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal- 1 plaza de Educador/a de la Guardería Municipal.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
AYUNTAMIENTO DE PINOFRANQUEADO
C.I.F. P-1014900-C
Plaza Reina Victoria, 1
Teléf. 927 67 41 81 – Fax 927 67 41 51
e-mail: alcaldía@lashurdes.org
administrativo@lashurdes.org
10630 PINOFRANQUEADO (Cáceres)
DECIMA.-Protección de datos.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los
aspirantes prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal
facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados del
Ayuntamiento, cuya finalidad es la de ser utilizados para la gestión del personal en
todos sus aspectos. El Excmo. Ayuntamiento de Pinofranqueado como responsable
del fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de
protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, los aspirantes en el presente procedimiento de selección
quedan informados y prestan su consentimiento para el tratamiento de los datos de
carácter personal facilitados. El opositor podrá ejercitar respecto a sus datos de
carácter personal los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición
previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de
Pinofranqueado, Plaza Reina Victoria, s/n. 10630. PINOFRANQUEADO. Asimismo,
a efectos de gestión del proceso de selección para el que los aspirantes han
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con
la única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
UNDECIMA.-Incidencias.
10.1.La Comisión queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse
y adoptar las soluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden de la
oposición en todos aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo
caso aplicable la normativa relacionada en la base primera de la presente
convocatoria, así como las demás normas concordantes de general aplicación.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se
deriven de las mismas y de la actuación de la Comisión se podrán formular
impugnaciones por los interesados/as en los casos y en la forma establecida por la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá
interponer por los interesados/as Recurso de Reposición en el plazo de un mes ante
la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo que lo será en el de dos meses, a
contar desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres (Artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
10.2.Para lo no previsto en las convocatorias será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura, la Ley7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo781/1986, de 18 de Abril, por
CVE:
BOP-2022-6650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34637
C.I.F. P-1014900-C
Plaza Reina Victoria, 1
Teléf. 927 67 41 81 – Fax 927 67 41 51
e-mail: alcaldía@lashurdes.org
administrativo@lashurdes.org
10630 PINOFRANQUEADO (Cáceres)
DECIMA.-Protección de datos.
Por el solo hecho de su participación en el presente proceso selectivo, los
aspirantes prestan su consentimiento para que los datos de carácter personal
facilitados por ellos sean incorporados en los ficheros automatizados del
Ayuntamiento, cuya finalidad es la de ser utilizados para la gestión del personal en
todos sus aspectos. El Excmo. Ayuntamiento de Pinofranqueado como responsable
del fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de
protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, los aspirantes en el presente procedimiento de selección
quedan informados y prestan su consentimiento para el tratamiento de los datos de
carácter personal facilitados. El opositor podrá ejercitar respecto a sus datos de
carácter personal los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición
previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de
Pinofranqueado, Plaza Reina Victoria, s/n. 10630. PINOFRANQUEADO. Asimismo,
a efectos de gestión del proceso de selección para el que los aspirantes han
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con
la única finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
UNDECIMA.-Incidencias.
10.1.La Comisión queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse
y adoptar las soluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden de la
oposición en todos aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo
caso aplicable la normativa relacionada en la base primera de la presente
convocatoria, así como las demás normas concordantes de general aplicación.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se
deriven de las mismas y de la actuación de la Comisión se podrán formular
impugnaciones por los interesados/as en los casos y en la forma establecida por la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá
interponer por los interesados/as Recurso de Reposición en el plazo de un mes ante
la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo que lo será en el de dos meses, a
contar desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial
de la Provincia de Cáceres (Artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
10.2.Para lo no previsto en las convocatorias será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de
Función Pública de Extremadura, la Ley7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo781/1986, de 18 de Abril, por
CVE:
BOP-2022-6650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34637