Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pinofranqueado. (BOP-2022-6650)
BOP-2022-6650 Bases convocatoria del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal- 1 plaza de Educador/a de la Guardería Municipal.
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AYUNTAMIENTO DE PINOFRANQUEADO
C.I.F. P-1014900-C
Plaza Reina Victoria, 1
Teléf. 927 67 41 81 – Fax 927 67 41 51
e-mail: alcaldía@lashurdes.org
administrativo@lashurdes.org
10630 PINOFRANQUEADO (Cáceres)
7.2.Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran
sido presentadas, la Comisión hará públicas en la página web del Ayuntamiento
las puntuaciones definitivas del Concurso.
7.3.En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a
la mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o
indefinido o fijo en el desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las
plazas objeto de cada convocatoria desde el 1 de enero de 2016 en adelante. De
persistir el empate se atenderá a la mayor antigüedad en el Ayuntamiento de
Pinofranqueado como funcionario/a interina, contratación temporal e indefinido no
fijo en plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo. Si aún así
persiste el empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras Administraciones
Públicas como funcionario/a interino/a, contratación temporal e indefinido no fijo en
el desempeño de plazas de igual denominación y del mismo grupo o subgrupo.
OCTAVA.-Proceso selectivo.
8.1.- El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de
2024 y una vez finalizado, la Comisión elevará al órgano convocante para su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica
municipal, la relación de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado.
8.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La
motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica
en el desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de
las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de
la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró a la Comisión.
8.3 La Comisión no podrá declarar que han superado el proceso un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre
que la Comisión haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes
que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas,
cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de la
documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los
requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad
de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su nombramiento o toma
de posesión, el órgano competente podrá requerir de la Comisión relación
complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible
nombramiento como personal laboral fijo.
8.4. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que hubieran
superado el proceso selectivo dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para
que acrediten en los términos indicados en la convocatoria que cumplen los
requisitos exigidos, y serán nombrados laborales fijos de Plantilla, mediante
CVE:
BOP-2022-6650
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34635
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e-mail: alcaldía@lashurdes.org
administrativo@lashurdes.org
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7.2.Resueltas las alegaciones o transcurrido el plazo establecido sin que hubieran
sido presentadas, la Comisión hará públicas en la página web del Ayuntamiento
las puntuaciones definitivas del Concurso.
7.3.En el supuesto de que se produzcan empates, se atenderá, en primer lugar, a
la mayor antigüedad como funcionario/a interino/a, contratación temporal o
indefinido o fijo en el desempeño de los puestos de trabajo correspondientes a las
plazas objeto de cada convocatoria desde el 1 de enero de 2016 en adelante. De
persistir el empate se atenderá a la mayor antigüedad en el Ayuntamiento de
Pinofranqueado como funcionario/a interina, contratación temporal e indefinido no
fijo en plazas de igual denominación y del mismo grupo y subgrupo. Si aún así
persiste el empate se atenderá a la mayor antigüedad en otras Administraciones
Públicas como funcionario/a interino/a, contratación temporal e indefinido no fijo en
el desempeño de plazas de igual denominación y del mismo grupo o subgrupo.
OCTAVA.-Proceso selectivo.
8.1.- El proceso selectivo tendrá una duración máxima hasta el 31 de diciembre de
2024 y una vez finalizado, la Comisión elevará al órgano convocante para su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la sede electrónica
municipal, la relación de aprobados, por el orden de puntuación alcanzado.
8.2. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La
motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica
en el desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de
las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria y podrá ser objeto de
la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró a la Comisión.
8.3 La Comisión no podrá declarar que han superado el proceso un número
superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre
que la Comisión haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes
que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas,
cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados o cuando de la
documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no cumplen los
requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad
de incorporación de alguno de los aspirantes, antes de su nombramiento o toma
de posesión, el órgano competente podrá requerir de la Comisión relación
complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible
nombramiento como personal laboral fijo.
8.4. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que hubieran
superado el proceso selectivo dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para
que acrediten en los términos indicados en la convocatoria que cumplen los
requisitos exigidos, y serán nombrados laborales fijos de Plantilla, mediante
CVE:
BOP-2022-6650
Verificable
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Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34635