Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Peraleda de la Mata. (BOP-2022-6647)
BOP-2022-6647 Bases y convocatoria de una plaza de Auxiliar de escuela infantil. Concurso a través del proceso especial de estabilización de empleo temporal.
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Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
Plaza de España, 1, Peraleda de la Mata. 10335. Cáceres. Tfno. 927559005. Fax. 927559227
La finalidad de este proceso es contribuir a la consolidación del empleo temporal a tener de lo
preceptuado en la Disposición Transitoria Cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público y
en este sentido cabe destacar que, adicionalmente a los procesos de estabilización que regularon
los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2017 y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, autoriza una tasa adicional para la
estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o
no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de
recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas, y estando
dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente
al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
De acuerdo con su Disposición Adicional Sexta de la última de estas normas, se permite la
convocatoria excepcional de estabilización del empleo temporal de larga duración, de acuerdo
con los artículos 61.6 y 61.7 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, por el sistema de concurso, de aquellas plazas que vinieran siendo ocupadas con
carácter temporal, de forma ininterrumpida, con anterioridad al 1 de enero de 2016. Esta
convocatoria lo será por una sola vez.
La plaza de Auxiliar de Escuela Infantil Municipal ha sido desempeñada a jornada parcial en
régimen laboral temporal con anterioridad a enero de 2016.
Se encuentra obligada a concurrir a este concurso la persona que está ocupando la plaza de
Auxiliar de Escuela Infantil Municipal a fecha de esta convocatoria. Su no participación
determinará la imposibilidad de consolidar el puesto de trabajo y la ausencia de indemnización o
compensación económica (artículo 2.6 de la Ley 20/2021).
Si se produjese la jubilación o fallecimiento de los empleados que ocupan las plazas con
anterioridad al proceso selectivo, las plazas pasarán a ser convocadas por el sistema de
concurso-oposición libre, si se produjese durante el proceso selectivo, continuará el proceso
hasta su conclusión. Los aspirantes que ocupan las plazas deberán concurrir al proceso
selectivo.
Se garantizará en todo caso el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad,
mérito, capacidad y publicidad.
BASE TERCERA. NORMATIVA
A este proceso selectivo le serán de aplicación, en lo no previsto en estas bases, las
disposiciones vigentes que a continuación se relacionan:
— Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública.
— Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
— Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
— Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores.
— Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que aprueba el Reglamento General de
CVE:
BOP-2022-6647
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34579
Ayuntamiento de Peraleda de la Mata (Cáceres)
Plaza de España, 1, Peraleda de la Mata. 10335. Cáceres. Tfno. 927559005. Fax. 927559227
La finalidad de este proceso es contribuir a la consolidación del empleo temporal a tener de lo
preceptuado en la Disposición Transitoria Cuarta del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público y
en este sentido cabe destacar que, adicionalmente a los procesos de estabilización que regularon
los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2017 y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018, la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, autoriza una tasa adicional para la
estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o
no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de
recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas, y estando
dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente
al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
De acuerdo con su Disposición Adicional Sexta de la última de estas normas, se permite la
convocatoria excepcional de estabilización del empleo temporal de larga duración, de acuerdo
con los artículos 61.6 y 61.7 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, por el sistema de concurso, de aquellas plazas que vinieran siendo ocupadas con
carácter temporal, de forma ininterrumpida, con anterioridad al 1 de enero de 2016. Esta
convocatoria lo será por una sola vez.
La plaza de Auxiliar de Escuela Infantil Municipal ha sido desempeñada a jornada parcial en
régimen laboral temporal con anterioridad a enero de 2016.
Se encuentra obligada a concurrir a este concurso la persona que está ocupando la plaza de
Auxiliar de Escuela Infantil Municipal a fecha de esta convocatoria. Su no participación
determinará la imposibilidad de consolidar el puesto de trabajo y la ausencia de indemnización o
compensación económica (artículo 2.6 de la Ley 20/2021).
Si se produjese la jubilación o fallecimiento de los empleados que ocupan las plazas con
anterioridad al proceso selectivo, las plazas pasarán a ser convocadas por el sistema de
concurso-oposición libre, si se produjese durante el proceso selectivo, continuará el proceso
hasta su conclusión. Los aspirantes que ocupan las plazas deberán concurrir al proceso
selectivo.
Se garantizará en todo caso el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad,
mérito, capacidad y publicidad.
BASE TERCERA. NORMATIVA
A este proceso selectivo le serán de aplicación, en lo no previsto en estas bases, las
disposiciones vigentes que a continuación se relacionan:
— Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
— Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública.
— Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
— Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto
refundido de disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
— Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores.
— Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
— Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que aprueba el Reglamento General de
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
Pág. 34579