Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2022-6643)
BOP-2022-6643 Bases y convocatoria para la provisión de 1 plaza de Dinamizador/a Sociocultural, derivada de los procesos extraordinarios de estabilización previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Pasarón de la Vera
b) documentos acreditativos de los requisitos, originales (para su compulsa) o copia
auténtica de los mismos.
c) documentos acreditativos de los méritos, originales (para su compulsa) o copia
auténtica de los mismos.
Las solicitudes, según modelo del Anexo, podrán presentarse también por cualquiera
de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La fecha límite para la valoración de méritos será la de publicación de las
convocatorias en el BOE. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la
solicitud, ni aquellos que no hubieran sido acreditados documentalmente.
El tribunal calificador puede requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de
las circunstancias y documentos aportados en cualquier momento. Asimismo, el
tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la
documentación complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los
requisitos y méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a los aspirantes
que falseen o modifiquen dicha documentación aportada. Todo ello sin menoscabo del
cumplimiento de la obligación de presentar la documentación acreditativa de los
méritos dentro del plazo previsto.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud
podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/a interesado/a.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación
expresa y formal de lo establecido en las presentes bases.
4.3. Datos personales: los datos personales incluidos en la solicitud de participación
serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo. Cuando sea necesario
publicar un acto administrativo que contenga datos personales, se publicará de la
forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
4.4. Tasa por derecho de participación en el proceso: la tasa por derechos de
participación en el proceso selectivo asciende a 15 € con arreglo al artículo 7 de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación de los servicios de Expedición
de Documentos Administrativos, de Fotocopiadoras y otros análogos del
Ayuntamiento de Pasarón de la Vera (publicada en el BOP n.º 0098 del miércoles 26
de mayo de 2021).
Ayuntamiento de Pasarón de la Vera
Plaza de España, nº 1, Pasarón de la Vera. 10411 (Cáceres). Tfno. 927469049. Fax: 927469274
Cód.
Validación:
52TYPC9Z7AK9GKS5E3GYJY24X
|
Verificación:
https://pasarondelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-6643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
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b) documentos acreditativos de los requisitos, originales (para su compulsa) o copia
auténtica de los mismos.
c) documentos acreditativos de los méritos, originales (para su compulsa) o copia
auténtica de los mismos.
Las solicitudes, según modelo del Anexo, podrán presentarse también por cualquiera
de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La fecha límite para la valoración de méritos será la de publicación de las
convocatorias en el BOE. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la
solicitud, ni aquellos que no hubieran sido acreditados documentalmente.
El tribunal calificador puede requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de
las circunstancias y documentos aportados en cualquier momento. Asimismo, el
tribunal podrá recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la
documentación complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los
requisitos y méritos alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a los aspirantes
que falseen o modifiquen dicha documentación aportada. Todo ello sin menoscabo del
cumplimiento de la obligación de presentar la documentación acreditativa de los
méritos dentro del plazo previsto.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud
podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/a interesado/a.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación
expresa y formal de lo establecido en las presentes bases.
4.3. Datos personales: los datos personales incluidos en la solicitud de participación
serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo. Cuando sea necesario
publicar un acto administrativo que contenga datos personales, se publicará de la
forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
4.4. Tasa por derecho de participación en el proceso: la tasa por derechos de
participación en el proceso selectivo asciende a 15 € con arreglo al artículo 7 de la
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por prestación de los servicios de Expedición
de Documentos Administrativos, de Fotocopiadoras y otros análogos del
Ayuntamiento de Pasarón de la Vera (publicada en el BOP n.º 0098 del miércoles 26
de mayo de 2021).
Ayuntamiento de Pasarón de la Vera
Plaza de España, nº 1, Pasarón de la Vera. 10411 (Cáceres). Tfno. 927469049. Fax: 927469274
Cód.
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