Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2022-6643)
BOP-2022-6643 Bases y convocatoria para la provisión de 1 plaza de Dinamizador/a Sociocultural, derivada de los procesos extraordinarios de estabilización previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
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Ayuntamiento de Pasarón de la Vera
miembros de la Unión Europea, así como en la Administración Pública de
aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por
la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el Tratado
Constitutivo de la Comunidad Europea, siempre que se les reconozcan
funciones similares a las de la plaza a la que se pretende acceder. Únicamente
se valorarán en este apartado los servicios prestados en plazas para las que se
requiera la misma titulación de acceso que la exigida para la plaza a la que se
pretende acceder.
1.4. Valoración por mes completo por haber prestado servicio en la empresa
privada como Animador/a Sociocultural con funciones similares a las de la
plaza a la que se pretenda acceder, a razón de 0,10 puntos por mes completo.
La experiencia profesional en el Ayuntamiento de Pasarón de la Vera se acreditará
mediante certificación emitida a solicitud del interesado por el propio Ayuntamiento.
En ningún caso se valorarán méritos no enumerados en la solicitud de admisión al
proceso selectivo.
El resto de experiencia profesional se acreditará por las personas aspirantes, a través de
certificado de servicios prestados emitido por el órgano competente de la
Administración en la que han prestado servicios, de conformidad con la Ley 70/1978,
de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración
Pública, indicándose la denominación de la plaza, el grupo de clasificación y
porcentaje de duración de la jornada.
Los servicios prestados a tiempo parcial serán valorados con la consiguiente
reducción.
Se entenderá por mes completo de trabajo efectivo el que resulte de computar 30 días
completos de trabajo efectivo, aunque no sean consecutivos. Para el cálculo de los
meses de trabajo efectivo se aplicará la siguiente fórmula (sin considerar los
decimales):
M1= DT2/30
En la que:
 M1 corresponde al número de meses completos computables a efectos de
valoración.
Ayuntamiento de Pasarón de la Vera
Plaza de España, nº 1, Pasarón de la Vera. 10411 (Cáceres). Tfno. 927469049. Fax: 927469274
Cód.
Validación:
52TYPC9Z7AK9GKS5E3GYJY24X
|
Verificación:
https://pasarondelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2022-6643
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de diciembre de 2022
N.º 0248
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